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Sociedad

Barranco: trabajadora municipal denuncia discriminación en la vía pública

Trabajadoras de limpieza no se sienten seguras y exigen respeto por parte de la ciudadanía.

Lucas Sánchez Luna discriminó a una trabajadora de limpieza pública por su voto. Foto: composición LR
Lucas Sánchez Luna discriminó a una trabajadora de limpieza pública por su voto. Foto: composición LR

Una trabajadora de limpieza del distrito de Barranco denunció a Lucas Sánchez Luna por haberla insultado de manera discriminatoria. María Sánchez, la joven que fue agredida, es una estudiante de contabilidad que trabaja para poder sacar adelante a su hija.

En el video grabado por la víctima se puede escuchar cómo es que Lucas Sánchez Luna le recriminaba a la trabajadora su votación por el actual presidente Pedro Castillo Terrones con la finalidad de discriminarla. “Por eso está Castillo de presidente, porque hay gente como tú que vota por él”, agregó.

Asimismo, las compañeras de trabajo de María también declararon para el programa 24 horas que no es la primera vez que sufren insultos de esta índole y que, por el contrario, es muy común el mal trato por parte de vecinos de la zona.

Las trabajadoras de limpieza no se sienten seguras y exigen respeto por parte de la ciudadanía. “Tengo un poco miedo y a la vez me doy fuerzas a que esto ya frene, también merezco un respeto y la gente no sabe lo que nosotros vivimos día a día, no es nada fácil. A mí me gusta mi trabajo, pero nunca pensé pasar por esto”, afirmó.

Multas por actos de discriminación superan los S/ 4 millones

Mediante un comunicado, la Autoridad de Competencia informó que desde el año 2010, a la fecha, ha impuesto multas por más de 4 millones de soles —el equivalente a 1.068 UIT— a diferentes proveedores del país por discriminar a sus consumidores; entre los cuales se encuentran empresas de diferentes sectores del mercado como aerolíneas, hoteles, bancos, centros educativos, compañías de seguros, discotecas, restaurantes, entre otros.

Los actos de discriminación más recurrentes que fueron sancionados por las Comisiones de Protección al Consumidor y confirmados por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC) obedecieron a motivos raciales, discapacidad, género, edad, nacionalidad, orientación sexual e identidad de género.

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