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Sociedad

Gobierno publica ley de control de contaminación lumínica: revisa las nuevas restricciones

Su aplicación comprende la iluminación proveniente de actividades deportivas, industriales, productivas y de servicios, elementos de publicidad exterior y el alumbrado de las vías públicas.

Se prohibirá la instalación de elementos de publicidad exterior con pantallas LED o electrónicas en zonas residenciales. Foto: SPDA
Se prohibirá la instalación de elementos de publicidad exterior con pantallas LED o electrónicas en zonas residenciales. Foto: SPDA

El Poder Ejecutivo publicó este martes la Ley de prevención y control de la contaminación lumínica, con el fin de prevenir riesgos a la salud, promover la eficiencia energética, la seguridad vial y evitar la alteración del paisaje.

La norma comprende la iluminación proveniente de actividades deportivas, industriales, productivas y de servicios, elementos de publicidad exterior y el alumbrado de las vías públicas. De esta forma, busca contribuir con la mejora de la calidad humana y fauna silvestre.

Entre sus disposiciones, señala que la vigencia de la autorización de los elementos de publicidad exterior será de tres años y que podrá renovarse.

Además, estará prohibida la instalación de elementos de publicidad exterior con pantallas LED o electrónicas en zonas residenciales y a menos de 500 metros de áreas verdes, parques, playas, áreas naturales protegidas y ecosistemas frágiles.

Por otra parte, los elementos de publicidad exterior iluminados y luminosos deberán estar apagados o inactivos; es decir, sin emitir ningún tipo de luz, de conformidad con los horarios previstos en el reglamento.

La restricción no aplicará para los elementos de publicidad exterior instalados en las carreteras que forman parte de la red vial nacional, en donde podrán permanecer encendidos durante las 24 horas del día, a excepción de determinados lugares de las vías en los que, por razones de seguridad vial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones prohíba su encendido.

La entidad a cargo de normar los límites máximos de luminancia para paneles publicitarios será el Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas.

¿Qué es la contaminación lumínica?

Según el dispositivo legal, es “aquella generada por un elemento que contiene iluminación artificial susceptible de provocar un impacto negativo en la integridad física, la salud y vida humana y silvestre, así como en la calidad ambiental, paisajística y de vida de las personas”.

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