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Sociedad

Toque de queda comienza a la medianoche en Lima y Callao

Desde este 12 de julio, las medidas restrictivas para hacerle frente a la pandemia han variado. Aquí te detallamos cuáles son las nuevas normas a seguir.

Riesgo por variante Delta. No deben bajar la guardia. El INS detectó tres nuevos casos. Foto: La República
Riesgo por variante Delta. No deben bajar la guardia. El INS detectó tres nuevos casos. Foto: La República

Según la última disposición del Consejo de Ministros, este 12 de julio el toque de queda en Lima y Callao regirá desde las 00.00 p. m. hasta las 04.00 a. m.. Esto, luego de que los contagios por la COVID-19 disminuyeran.

Asimismo, la autoridad dispuso que los vehículos particulares ya pueden transitar desde este domingo 19 de julio por las calles de Lima y Callao; sin embargo, precisaron que las reuniones sociales y encuentros familiares continúan prohibidos, pues esto incrementa el riesgo de contagio.

¿Cuál es el nuevo horario del toque de queda?

El horario del toque de queda rige desde las 00.00 p. m. hasta las 04.00 a. m. en Lima y Callao y regiones del mismo nivel de riesgo (alto).

Multas por incumplir el toque de queda

Según el Decreto Legislativo nº 1458, el precio de la multa por incumplir el horario de inmovilización social obligatoria es de 440 soles.

¿Qué pasa si no pago la multa por infringir la medida?

Si es que este monto no se cancela en un plazo de 5 días hábiles, la persona queda imposibilitada de realizar trámites en cualquier entidad del Estado.

¿Cuáles son las actividades permitidas desde este 12 de julio?

Actividades de espacio cerrado (40%-50% aforo, respetando protocolos)

  • Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos: 40%
  • Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias con aforo limitado: 60%
  • Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
  • Casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados: 40%
  • Bancos y otras entidades financieras: 60%
  • Templos y lugares de culto: 40%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas en espacios cerrados: 50%
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 50%
  • Eventos empresariales y profesionales en espacios cerrados: 50%.

Actividades de espacio abierto (sin restricción de aforo, respetando protocolos)

  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
  • Artes escénicas en espacios abiertos
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre
  • Eventos empresariales y profesionales en espacios al aire libre.

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