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Sociedad

JNE recibió más de 28.000 solicitudes de dispensas en primer día de trámites

Las personas que no emitieron su voto por contagio de la COVID-19 pueden gestionar totalmente gratis la exención de la multa electoral.

Este martes 13 de abril, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que, en su primer día de trámites luego de las Elecciones Generales 2021, recibió 28.558 solicitudes de dispensa por no acudir a votar el último domingo.

De acuerdo al comunicado publicado en el portal oficial de JNE, la entidad electoral aseguró que todos los pedidos ingresados y los que se tramitarán en los próximos días y meses serán atendidos “en un plazo máximo de dos días hábiles”. Para ello, el organismo precisó que solo se procesarán las solicitudes que se encuentren debidamente sustentadas.

Según la ley electoral, los peruanos pueden pedir la dispensa de la multa por razones de salud, desastres naturales, viajes al extranjero por estudios o salud, discapacidad física o mental, prisión, fallecimiento de familiar directo, error en el padrón electoral, entre otros.

Para las elecciones del último domingo, se dispuso incluir en dicho grupo a quienes forman parte de la población de riesgo por el nuevo coronavirus: adultos mayores, individuos con comorbilidades, sujetos a los que se les prohibió el acceso al local de votación por tener una temperatura mayor a 37,5° C y personas diagnosticadas con SARS-CoV-2 (hospitalizadas o aisladas). Este conjunto puede tramitar de manera gratuita la exención del monto.

Como medida para prevenir el contagio y la propagación de la COVID-19, los ciudadanos que deseen gestionar la condonación de la multa deberán ingresar a la página web del Sistema de Dispensa Virtual del JNE. El servicio estará disponible las 24 horas del día y los siete días de la semana.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar una dispensa?

Los ciudadanos deben acopiar los siguientes documentos y pagos:

  • Copia de DNI o de DNI electrónico (solo para la causal de pérdida o robo de DNI).
  • Copias simples de los documentos que sustenten la causal invocada que comprenda un periodo electoral determinado y directamente relacionado con la fecha central del proceso electoral.
  • Pago por derecho de trámite, de acuerdo con el monto aprobado en el TUPA y la UIT vigente. En caso de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio el monto a pagar es S/ 23,40. En caso de inasistencia al sufragio el monto a pagar es de S/ 23,60. Si cuentan con ambas omisiones en un mismo proceso electoral se cancela el monto menor (S/ 23,40). El derecho de pago debe acreditarse por cada proceso electoral.
  • El pago por derecho de trámite se realiza en cualquier agencia del Banco de la Nación al código 01465 o por medios virtuales como Págalo.

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