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Sociedad

Organizaciones de pueblos indígenas y afroperuanas exigen aprobación de ley para registro de su personalidad jurídica en Sunarp

Comisión de Pueblos frena intento del FREPAP de obstruir Proyecto de Ley que crea registro de pueblos indígenas u originarios y Afroperuanos en SUNARP, a pesar de haber votado a favor del dictamen inicialmente.

Organizaciones de pueblos indígenas y Afroperuanos exigen aprobación de Proyecto  de Ley para registro de su personalidad jurídica en SUNARP. Foto: IIDS
Organizaciones de pueblos indígenas y Afroperuanos exigen aprobación de Proyecto de Ley para registro de su personalidad jurídica en SUNARP. Foto: IIDS

Los pueblos indígenas u originarios y afroperuanos podrán ejercer sus derechos colectivos si se logra crear un Registro de Pueblos en la SUNARP que permita inscribir la Personalidad Jurídica de dichos pueblos. Ello, gracias al Proyecto de Ley que cuyo Dictamen favorable ha sido aprobado por la Comisión de Pueblos Indígenas del Parlamento, presidida por el congresista Lenin Bazán. Con ello ya podrán contar con títulos de propiedad sobre sus territorios, abrir cuentas bancarias, participar en los concejos de los gobiernos regionales, entre otras actividades.

Esto es posible pese al intento de obstrucción de dicha iniciativa por parte de la bancada del FREPAP. Se trata del proyecto de Ley 6699/2020-CR, “Ley de Reconocimiento Pleno y Registro de la Personalidad Jurídica de Pueblos indígenas u originarios, y Pueblos Afroperuanos”, que tiene el visto bueno de las organizaciones de pueblos indígenas consultados.

“El objetivo del proyecto es crear un registro de pueblos en los Registros Públicos (SUNARP) para posibilitar la inscripción de la personalidad jurídica de pueblos y organizaciones indígenas y afroperuanas, sin que ello tenga un carácter constitutivo ni sea un requisito para el ejercicio de derechos”, explicaron voceros de la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP).

Para ejercer sus derechos

A pesar de estar cerca al Bicentenario, los Pueblos indígenas u originarios y Afroperuanos aún no pueden registrar su personalidad jurídica como tales en los Registros Públicos. Y, por lo tanto, no pueden contar con título de propiedad de sus territorios, participar en los concejos de los Gobiernos Regionales, no pueden tener RUC, ni abrir cuentas bancarias, ni recibir donaciones.

Esto llevó a la FENAP, junto a otras organizaciones de Pueblos indígenas u originarios y Afroperuanos, la Asociación Negra de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (ASONEDH), Ashanti-Perú, la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Central Única de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P) y la Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA) a unirse para proponer una Ley que cree un registro de pueblos en la SUNARP que les permita inscribir la personalidad jurídica de sus pueblos y organizaciones. La propuesta fue presentaba el 26 de mayo de 2020 ante el Congreso de la República.

A la fecha, solo es posible el registro de la personalidad jurídica de las comunidades campesinas o nativas, pero no de los pueblos a los que estas organizaciones pertenecen. Además, solo es posible el registro de las Rondas Campesinas de Bases, de comunidades o caseríos, pero no de las organizaciones de Rondas de nivel distrital, provincial, regional ni nacional (CUNARC-P).

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