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Delincuente dispara a menor por resistirse a robo de celular en el Callao

La víctima tuvo que ser trasladada al hospital Daniel Alcides Carrión. Hasta el momento, las autoridades no han identificado al agresor.

Comisaría de Oquendo está cargo de las investigaciones del caso de la menor que recibió disparo. Foto: María Pía Ponce/ URPI-GLR
Comisaría de Oquendo está cargo de las investigaciones del caso de la menor que recibió disparo. Foto: María Pía Ponce/ URPI-GLR

Una menor de edad recibió un impacto de bala en el brazo tras resistirse al robo de su celular en el Callao. Este lamentable hecho ocurrió muy cerca al puente Oquendo la noche del 13 de marzo. La agraviada tuvo que ser trasladada de emergencia al Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión.

Posteriormente, al lugar de los hechos llegó personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) de la jurisdicción para realizar las investigaciones correspondientes.

Hasta el momento, no se tiene información sobre el asaltante; sin embargo, vecinos de la zona indican que estas situaciones son frecuentes. Indicaron que necesitan mayor resguardo policial e iluminación en el lugar, pues la oscuridad es aprovechada por los delincuentes para cometer sus fechorías.

La República intentó contactarse con el nosocomio que acogió a la agraviada para conocer su estado, pero señalaron que se pronunciarían a la brevedad posible. Al cierre de esta nota no han brindado mayor información.

¿Cuál es la sanción para el robo a mano armada?

Según el artículo 188 del Código Penal (CP), se sanciona la conducta de quien se apodera ilegítimamente de un bien mueble total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de este mediante la sustracción del lugar en que se encuentra, empleando para ello violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física.

“El que se apodera ilegítimamente de un bien mueble total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él, sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años”, precisa la sanción.

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