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Sociedad

Iglesias no brindarán misas presenciales en 19 regiones

El decreto supremo emitido por el Ejecutivo precisa que no se podrán realizar actividades no esenciales a partir del 31 de enero.

Las misas presenciales serán suspendidas por la cuarentena. Foto: John Reyes/ La República
Las misas presenciales serán suspendidas por la cuarentena. Foto: John Reyes/ La República

Debido al incremento de casos positivos de la COVID-19, el Gobierno decretó cuarentena total en 10 regiones del país. Adicional a esta medida, ha determinado que establecimientos comerciales y otros lugares dedicados a servicios esenciales no brinden atención presencial.

Las personas que residan en las regiones consideradas en los niveles muy alto y extremo no podrán asistir a los templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, jardines botánicos y zoológicos. Así lo indica el Decreto Supremo 008-2021-PCM publicado en El Peruano.

Los departamentos que pertenecen a este grupo son: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Tacna, Puno, Arequipa, Moquegua, Lima Metropolitana, Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac.

En cuanto a los departamentos que pertenecen al grupo de nivel alto de alerta sanitaria (Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali y Madre de Dios) tendrán un aforo del 20% en iglesias y lugares de culto.

¿Puedo salir de mi vivienda? ¿Por cuánto tiempo?

En el caso de las regiones de nivel extremo (Lima Metropolitana, Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac), los ciudadanos podrán salir solamente durante una hora para realizar actividades esenciales como la compra de alimentos.

“Para el nivel de alerta extremo se permite la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal, durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio entre las 6.00 a. m. y 6.00 p. m.”, explica el artículo 8 del Decreto Supremo 008-2021-PCM.

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