Minsa: mascarilla y protector facial serán obligatorios en iglesias y lugares de culto
Sector emitió directiva sanitaria en la que se establecen consideraciones que los templos en el ámbito nacional deben tomar en cuenta para reanudar sus actividades.
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El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Directiva Sanitaria N°121-MINSA/2020/DGIESP, que establece una serie de indicaciones que deberán cumplir las iglesias y lugares de culto de todo el país en el marco del reinicio de las ceremonias presenciales.
Una consideración es el uso obligatorio de la mascarilla y el protector facial dentro de estos lugares, que deben funcionar con el aforo reducido a la tercera parte.
Antes del ingreso, todos los concurrentes deberán de medir su temperatura, así como lavarse las manos con agua y jabón o desinfectarse con alcohol gel.
Una vez adentro, deben evitar los desplazamientos, las colas y el contacto físico. También la entrega o intercambio de cualquier elemento tangible.
En el caso de las donaciones y ofrendas, estas tendrán que efectuarse al final por intermedio de personas designadas previamente y sin tener contacto con el dinero.
Por otro lado, será obligatorio que las bancas y el piso cuenten con señalización para asegurar que los presentes respeten el distanciamiento de un metro y medio.
La directiva sanitaria también precisa que los templos y lugares de culto deben desarrollar sus actividades con las puertas y ventanas abiertas con el fin de garantizar una buena ventilación.
De igual manera, los asistentes deben evitar hablar y cantar durante su presencia en las ceremonias para reducir el riesgo de contagio por coronavirus.
Asimismo, se especificó que queda prohibida la concentración de personas o fieles fuera de las templos y, además, se recomendó que los niños, adultos mayores, personas con discapacidad o cualquiera en situación de vulnerabilidad no asistir a las ceremonias religiosas.
El Minsa detalla que cada iglesia o templo será responsable de que se cumplan las indicaciones de la directiva.
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