ONP, mayo 2024: cronograma de pagos
Sociedad

Hospital de Sullana bajo sospecha por compras directas de S/540 mil

Identifican que empresa que ganó la buena pro por camas UCI y camas hospitalarias no presentó carta fianza por equipamiento de hospital sullanero.

Se descartan nuevos casos en Hospital de Apoyo II.
Se descartan nuevos casos en Hospital de Apoyo II.

Los procesos de compra directa efectuados por funcionarios ejecutivos del Hospital de Apoyo II de Sullana, en la región Piura, para atender la emergencia por el coronavirus presentan determinado riesgo de irregularidad que irían contra la normativa de contrataciones del Estado.

Un informe de control de la Contraloría General de la República ha advertido situaciones adversas en la compra de bienes que se hizo para el personal de salud y los pacientes, en el marco del estado de emergencia por el coronavirus.

Informe

Una primera compra se realizó el 26 de abril con la empresa AC Medical SAC en la adquisición de 10 camas de metal hospitalarias por S/120,000.00. Ese mismo día, también se compró 70 camillas de metal al mismo proveedor por S/420,000.00. Después de cuarenta y cuatro días, el 9 de junio, el Hospital de Apoyo regularizó las compras con la suscripción de dos contratos diferentes por camas clínicas eléctricas para la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y camas hospitalarias normales, respectivamente.

Sobre el particular, la Ley de Contrataciones del Estado obliga a las entidades a regularizar, además de la documentación referida a los actos preparatorios, perfeccionar el contrato y los requisitos (derechos y obligaciones en ambas partes) del mismo. Uno de esos perfeccionamientos es que el proveedor ganador de la buena pro cumpla con presentar una garantía de fiel cumplimiento (carta fianza).

Sin embargo, el equipo de control identificó que en ambos contratos los directivos del Hospital de Apoyo aceptaron solicitudes de la empresa AC Medical SAC, para que se retenga el 10% del monto contractual en el primer pago, pese a que la contratación de los bienes no era de suministro periódico.

Además, precisaron que para que se proceda a la retención del 10% del moto del contrato, el proveedor debe ser una pequeña o microempresa. Empero, en la fecha en que se firmaron ambos contratos, la empresa Medical SAC no acreditaba la condición de micro o pequeña empresa.

Vulneración

La Contraloría además señaló que esto requiere relevancia considerando que el proveedor no cumplió con entregar en el plazo establecido las 10 camas eléctricas y 70 camas hospitalarias, considerando que el período de entrega pactado fue de siete días, posteriores al 26 de abril de este año. No obstante, los bienes recién fueron recepcionados el 7 de mayo, cuando debían ser entregados cuatro días antes, el 4 de mayo.

“(...) el artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que ante el retraso injustificado del contratista, la entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso (...)”, indicó la entidad.

Cabe indicar, que la Contraloría subrayó que el Hospital de Apoyo Sullana no ha efectuado el pago de los equipos médicos, encontrándose el mismo en la etapa de devengado.

Estas observaciones están recogidas en el informe de control n.° 6109-2020-CG/GRPI-SCC.

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