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Sociedad

Empresa obliga a sus trabajadores a tomar vacaciones forzadas tras estado de emergencia

Afectados denunciaron que están trabajando en sus domicilios pero conminados a tomar vacaciones. Hasta el momento, SUNAFIL no atiende.

Empresa CTM Tours
Empresa CTM Tours

Trabajadores de la empresa CTM TOURS denunciaron que fueron obligados a tomar vacaciones forzadas pese a que siguen cumpliendo con su trabajo desde sus casas.

De acuerdo a las disposiciones gubernamentales, los directivos de CMT TOUR, empresa del grupo internacional Costamar y con oficinas en Miraflores, comunicaron a sus “colaboradores” que debían continuar con sus funciones a través del tele-trabajo. Los trabajadores cumplieron con la orden desde el lunes 16 de marzo.

Sin embargo, al final de esa jornada recibieron una comunicación interna donde el 90 por ciento del personal era obligado a cumplir vacaciones forzadas.

CM Tours

CM Tours

La República se comunicó con las oficinas de CTM TOURS y comprobó que las oficinas están cerradas. También nos comunicamos con algunos trabajadores, quienes confirmaron que han sido obligados a tomar vacaciones forzadas, pese a que siguen cumpliendo con sus funciones. Incluso, algunos recibieron una laptop para que sigan atendiendo a los clientes nacionales y extranjeros.

En la víspera, la empresa envió un comunicado a sus clientes dentro y fuera del país anunciando que “Frente a los sucesos que están ocurriendo en nuestro país y las medidas dictadas por el Gobierno peruano el día 15 de marzo del 2020, las oficinas de CTM Tours Mayorista se mantendrán cerradas desde el día de hoy 16 hasta el 30 de marzo del 2020.

Asimismo, les informamos que todos nuestros trabajadores estarán trabajando con normalidad desde sus casas, por lo cual, los medios de comunicación seguirán siendo los mismos.

Pero, al día siguiente, una comunicación interna, firmada por la gerenta general, rebeca Monteverde, informó que desde el 17 de marzo los “colaboradores de las empresas Costamar Travel, CTM Tours y Centralized “deberán hacer uso de 15 días calendarios correspondientes a sus vacaciones ´pendientes, vencidas o adelantadas”. Añade que dicha medida se ampara en “lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 003-97-TR…”.

Los trabajadores trataron de comunicarse con la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) pero hasta el cierre de la presente edición nadie responde.

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