Breña: aumentan sueldo al alcalde José Li Bravo de S/ 7,800 a S/ 11,400
Según Decreto Supremo, los burgomaestres tendrían un monto de compensación por el cambio en la población electoral. Esto fue aprobado por el Ejecutivo en diciembre del año pasado.
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A través de un Acuerdo de Concejo, la Municipalidad de Breña oficializó el aumento de la remuneración mensual al alcalde José Dalton Li Bravo para este 2020. Este procedimiento se llevó a cabo por la aplicación del Decreto Supremo N° 413-2019-EF en el marco de la Ley N° 30057 (Ley del Servicio Civil).
Este último decreto fue emitido en diciembre del año pasado y determina modificar el sueldo de los alcaldes distritales y provinciales de todo el país, debido a un cambio en el rango de la población.
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A través del Acuerdo de Concejo Nº 0534-2020/MDB publicado en el Diario El Peruano, la Municipalidad de Breña informó sobre el cambio en el sueldo por las compensaciones estipuladas por la población electoral.
Según el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), el distrito de Breña alberga a una población electoral de 105,464.00 (rango II), por ello, el sueldo variaría a S/ 11 400.
Rango | Población Electoral | Compensación Económica mensual (S/) |
I | 250 001 a más | S/ 13 260 |
II | 100 001 - 250 000 | S/ 11 400 |
III | 50 001 - 100 000 | S/ 9 100 |
IV | 20 001 - 50 000 | S/ 7 500 |
V | 10 001 - 20 000 | S/ 6 200 |
VI | 5 001 - 10 000 | S/ 5 300 |
VII | 3 001 - 5 000 | S/ 4 700 |
VIII | 1 501 - 3 000 | S/ 4 100 |
IX | 751 - 1 500 | S/ 3 300 |
X | 1 - 750 | S/ 2 600 |
Anteriormente, su compensación económica mensual era de S/ 7800, esto implicaría un aumento de S/ 3600. Este Decreto Supremo ya ha empezado a hacerse efectivo en varias municipalidades como Surco, San Isidro y ahora Breña.
Sin embargo, esta aplicación no se dará en los regidores ni en los propios funcionarios públicos que laboran en las instituciones. Es decir, las dietas de los integrantes del Concejo Municipal (2340 soles) y los sueldos de los gerentes y subgerentes de las comunas se mantienen.
Además, dentro de la norma se menciona que se prohíbe la percepción de otros ingresos adicionales al dado. Por otro lado, el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima percibirá un monto de S/ 15 600, según el Decreto Supremo.
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