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Padres encarcelados por no pagar pensión de alimentos pueden salir en libertad si cancelan deuda

Según el Decreto de Urgencia, el delito de omisión de asistencia familiar puede convertirse automáticamente en una pena alternativa.

Alrededor de 2 900 internos cumplen condena por omisión de asistencia familiar. Foto: Andina.
Alrededor de 2 900 internos cumplen condena por omisión de asistencia familiar. Foto: Andina.

Los padres de familia condenados por no pagar pensión alimenticia a sus hijos podrán salir en libertad si cancelan el total de la deuda pendiente.

Así lo determinó el Gobierno, mediante el Decreto de Urgencia N° 008-2020, el cual regula el procedimiento especial de conversión de penas privativas de libertad por penas alternativas (arresto domiciliario, libertad condicional y otros) para el caso de los condenados por omisión a la asistencia familiar.

La medida publicada este jueves 9 de enero en el diario oficial El Peruano establece que la cárcel para estos condenados podrá convertirse automáticamente en una pena alternativa, siempre y cuando se certifique el pago íntegro de la reparación civil y de la deuda alimenticia acumulada hasta el momento en que se solicita la conversión.

Asimismo, se incorpora la posibilidad de no continuar con la demanda penal. En los casos de los delitos de omisión a la asistencia familiar procede un acuerdo reparatorio con la denunciante para archivar el caso.

No obstante, la norma también precisa que el incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos por dos meses consecutivos, luego de aceptada la conversión, ocasionará la revocatoria de esta.

Cabe resaltar que los establecimientos penitenciarios en el Perú albergan aproximadamente 2 900 internos por el delito de omisión de asistencia familiar.

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