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Sociedad

ONPE: ¿Cuando termina plazo para que miembros de mesa justifiquen su inasistencia?

Se acercan las Elecciones Congresales 2020. Los miembros de mesa que falten deberán pagar una multa de 215 soles.

ONPE: ¿Cuando termina plazo para que miembros de mesa justifiquen su inasistencia?
ONPE: ¿Cuando termina plazo para que miembros de mesa justifiquen su inasistencia?

El lunes 6 de enero culminó el periodo de excusas para cumplir el cargo de miembro de mesa, titular o suplente en las próximas Elecciones Congresales 2020.

De acuerdo a la especialista en Educación y Capacitación Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Cledy Gutiérrez, el proceso que inició el pasado 27 de diciembre tenía una duración de cinco días hábiles.

Según la Ley Orgánica de Elecciones en su artículo 58, el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, pero que este se puede excusar salvo los casos “de notorio o grave impedimento físico o mental”.

“El cargo de miembro de mesa es irrenunciable tal como lo establece la norma vigente (Ley Orgánica de Elecciones) que establece la irrenunciabilidad a esta designación”, aseguró.

¿Cuáles son los motivos por los que puedo presentar dispensa o justificación?

Según detalla el portal de Estado peruano, existen una serie de motivos y justificaciones por las que un ciudadano puede excusarse de no ser miembro de mesa en la jornada de elecciones.

Estos motivos de fuerza mayor son los siguientes:

  • Ser mayor de 70 años.
  • Grave impedimento físico o mental.
  • Necesidad de viajar al extranjero.
  • Ser funcionario y empleado de organismos que conforman el sistema electoral (JNE, ONPE y Reniec).
  • Ser autoridad política y miembro de los concejos municipales.
  • Integrar los comités directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas inscritos en el JNE (para el caso de elección de autoridades).
  • Ser cónyuge y pariente en segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en donde votas (para el caso de elección de autoridades).

¿Cuál es la multa por no ser miembro de mesa en Elecciones 2020?

Dado que la labor del miembro de mesa es de carácter obligatorio, existe una multa que se aplica a quienes no cumplan con acudir a la mesa de sufragio para ejercer esta labor.

El monto asciende a 215 soles, el cual se sumará a la sanción previamente aplicable por no haber asistido a votar. Esta última se determina de acuerdo al nivel de pobreza del distrito en el que se sufraga.

Así, tenemos que:

  • Distrito considerado No pobre: 86 soles
  • Distrito considerado Pobre no extremo: 43 soles
  • Distrito considerado Pobre extremo: 21.50 soles
ONPE: ¿Cuando termina plazo para que miembros de mesa justifiquen su inasistencia?

ONPE: ¿Cuando termina plazo para que miembros de mesa justifiquen su inasistencia?

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