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Sociedad

Supervisión del sistema financiero

En 1932, el Gobierno presenta 11 proyectos de ley para el reordenamiento económico. El gobierno de entonces aprueba tres de ellos. Uno fue la propuesta de creación del Banco Central de Reserva del Perú.

Columna Patricio Quintanilla
Columna Patricio Quintanilla

Patricio Quintanilla Paulet

Rector U. La Salle

En el año 1930, en el Perú existía el Banco de Reserva del Perú, pero que no cumplía a cabalidad las funciones de un “banco central”, por lo cual el presidente de esa institución propone la contratación de una Misión Económica, dirigida por el Dr. Edwin W. Kemmerer, para cooperar con la reforma monetaria, financiera y fiscal del país.

Esta propuesta es aprobada por el Gobierno Peruano y en abril de 1932 presenta 11 proyectos de ley para este reordenamiento; el gobierno de entonces aprueba tres de ellos. Uno fue la propuesta de creación del Banco Central de Reserva del Perú, asumiendo los activos y pasivos de la anterior institución, pero con las funciones propias de una autoridad monetaria.

La segunda norma importante fue la Ley de Bancos, que hasta entonces no existía; se definió las operaciones que podían realizar las instituciones financieras y crea la Superintendencia de Bancos, organismo de control de estas. Uno de sus primeros encargos fue la liquidación de tres instituciones financieras que no cumplían con los requisitos para captar recursos del público.

La tercera norma, de muy corta duración, fue el retorno al “patrón oro”, con este metal como respaldo de la moneda nacional; la crisis internacional y los problemas internos del país llevaron a suspender este sistema.

Superintendencia de Bancos

Con el crecimiento del sistema y la presencia de nuevas instituciones, en la actualidad es la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS) la que tiene la función de supervisar a las instituciones del sector con el fin de proteger a los ahorristas, asegurados y afiliados al sistema privado de pensiones.

En cumplimiento de su función, ha intervenido y posteriormente liquidado algunas instituciones financieras por no cumplir con los requisitos establecidos por la ley. Recientemente ha habido dos casos notorios.

• Cooperativa Presta Perú. Una cooperativa de ahorro y crédito, con oficina principal en Arequipa y operaciones en varias ciudades del país, que devino en insolvencia al no poder cumplir con sus depositantes. En este caso, se devolverá a cada uno de ellos la suma de S/ 1 400.00 y la diferencia a resultas de la liquidación.

• Financiera TFC. El último jueves 12 de diciembre, la SBS ha intervenido a esta institución, suspendiendo sus operaciones, esto es, no pudiendo recibir depósitos del público ni realizar préstamos; la razón de ello es la reducción de su patrimonio efectivo a menos de la mitad, incumpliendo el mínimo que establecen las normas actuales.

En este caso se cuenta con Seguro de Depósitos, lo que garantiza su devolución, hasta por un máximo de S/ 100 661.00, lo que se realizará a partir del lunes 16 a través de las agencias del BCP.

Conclusión

La Superintendencia de Banca y Seguros cumple su rol a cabalidad y garantiza a los ahorristas la seguridad de sus depósitos, siendo indispensable trabajar con instituciones formales, supervisadas por la SBS.

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