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Sociedad

ONPE: ¿hasta cuándo hay plazo para justificar inasistencia de los miembro de mesa?

¡Atención presidentes, secretarios o terceros miembros! En caso no puedan cumplir sus funciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) explicó qué pasos seguir para justificar inasistencia.

Créditos: La República.
Créditos: La República.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) publicó quiénes ocuparán los puestos de presidente, secretario y tercer miembro durante las votaciones de las Elecciones Congresales 2020. El próximo 26 de enero de 2020, el electorado deberá acercarse a sus locales de votación para elegir a sus representantes, quienes se sumarán a los parlamentarios que conforman el Congreso Permanente.

Si estas personas no pueden acudir a cumplir sus funciones, tendrán que presentar una justificación. Cabe precisar que esta será admitida siempre y cuando figure en la lista de razones por las que se puede faltar a ejercer este deber:

  • Ser mayor de 70 años.
  • Grave impedimento físico o mental.
  • Necesidad de viajar al extranjero.
  • Ser funcionario y empleado de organismos que conforman el sistema electoral (JNE, ONPE y Reniec).
  • Ser autoridad política y miembro de los concejos municipales.
  • Integrar los comités directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas inscritos en el JNE (para el caso de elección de autoridades).
  • Ser cónyuge y pariente en segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en donde votas (para el caso de elección de autoridades).

La ONPE advirtió que si el miembro de mesa se ausenta por algún motivo que no se indica en la mencionada lista, se le impondrá una multa de S/207.50. En caso el encargo no sea cancelado, el Jurado Nacional de Elecciones iniciará un proceso de cobranza para embargar las cuentas bancarias, bloquear las tarjetas o colocar a la persona en la lista de INFOCORP.

Recuerda que si, además de no cumplir la función de miembro de mesa, la persona no vota, se le impondrá dos multas. Una por no acudir a la instalación de mesa y la otra por omisión de sufragio.

Las personas que incumplan con el pago de la multa tampoco podrán inscribir su estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc). No podrán intervenir en procesos judiciales o administrativos ni realizar actos notariales. Las firmas de contrato, nombramiento como funcionario público, obtención del brevete, salida del país e inscripción a un programa social también quedan prohibidos para quienes no paguen la sanción.

Elecciones Congresales 2020: justificación de inasistencia para miembro de mesa

En caso afrontes alguna de las situaciones descritas, la ONPE recibirá la justificación hasta cinco días después de que se publique la lista definitiva. Según fuentes de esta entidad, la fecha de cierre sería el 25 de diciembre.

Lo que debe hacerse para excusarse es asistir con la justificación a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE). Para obtenerla se tiene que presentar la copia del DNI, copia del documento que certifique la excusa y una solicitud simple dirigida al Jefe de la ODPE.

En caso la persona no pueda cumplir su función de miembro de mesa por problemas de salud, debe pedir una justificación por enfermedad ante la ODPE en el mismo tiempo descrito. Para ello, debe presentar una copia del DNI, el certificado médico emitido por una entidad pública o privada, o el médico de su jurisdicción; y una solicitud simple dirigida al Jefe de la ODPE.

¿Cómo tramito mi justificación?

Solo tendrás que pagar S/22.15 si se trata de una dispensa y S/22.35 si cancelarás la justificación. Puedes realizar el pago en las sedes descentralizadas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o cualquier agencia del Banco de la Nación. En este último caso el código que tendrás que mostrar es el 01465.

Con el voucher, se debe ingresar al portal del JNE, seleccionar las multas que necesitemos dispensar o justificar, rellenar el formulario con nuestra información personal e indicar la razón por la que hacemos el trámite.

El JNE emitirá una respuesta en los días hábiles subsiguientes, por lo que hay que estar atentos por si hay alguna observación que subsanar.

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