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Sociedad

Gerente del PEOT critica pruebas de la Fiscalía por contaminación

Objeción. Juan Saavedra, actual gerente de Desarrollo Olmos, señala que acusación en su contra consideró a Epsel como responsable del vertimiento de aguas residuales y no analizó Ley de Recursos Hídricos.

Proyecto Olmos
Proyecto Olmos

El exgerente del Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT), Juan Saavedra Jiménez, actual gerente de Desarrollo Olmos, cuestionó la acusación de cuatro años de pena privativa de la libertad en su contra por el delito de contaminación ambiental que formuló la Fiscalía Ambiental de Lambayeque.

Como se recuerda, el fiscal adjunto Oswaldo Chancafe Grey presentó el requerimiento ante el Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, con el propósito de que se fije una fecha para la audiencia pública de control de acusación, donde se analizará si el caso contra Saavedra va a juicio oral o no.

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En diálogo con La República, Juan Saavedra precisó que la acusación carece de una investigación profunda, debido a que se fundamenta en la denuncia efectuada por la Gerencia de Recursos Naturales del Gobierno Regional de Lambayeque (GRL), que identificó a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque (Epsel) como el responsable directo del vertimiento de aguas residuales en los drenes de riego.

Saavedra, además, añadió que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) impuso una sanción contra la entidad de saneamiento por la evacuación de aguas servidas.

“Es ilógico que a Epsel se le haya excluido de este proceso de investigación, cuando existía un pronunciamiento de la Autoridad Nacional del Agua. Incluso, Epsel apeló la sanción que le impusieron y el máximo tribunal de esta entidad le denegó el recurso”, indicó.

Cabe precisar que el requerimiento acusatorio contra Saavedra Jiménez tiene como conclusión que el vertimiento de aguas residuales en los drenes 4000, 3000 y 2000 ocasionó un daño ambiental en el litoral lambayecano.

Afectación

Según un informe de la Unidad Ecológica y Protección Ambiental de la Gerencia Regional de Salud (Geresa), la contaminación de los tres drenes afectó a al menos 10 playas: Las Rocas, Los Lobos, Pimentel, Monsefú, Lagunas, Santa Rosa, Hermosa, Eten, San José y Naylamp.

“La Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento indican que el PEOT solo se encarga del mantenimiento de los drenes. Es decir, de eliminar el pasto guinea y la arena que aparece en los drenes. Por lo tanto, no es una responsabilidad obligatoria del PEOT el erradicar las aguas servidas que se arrojan en los drenes”, subrayó.

En esa línea, aclaró que la Fiscalía Ambiental habría hecho una errada interpretación de la Ley de Recursos Hídricos, además de no haber considerado que sus acciones de mantenimiento son aprobadas y supervisadas por la Autoridad Nacional del Agua .

“No se ha tenido en cuenta que el PEOT actúa como representante del Gobierno Regional (de Lambayeque) ante el Sistema Mayor Hidráulico Tinajones, y que cumple con responsabilidades de mantenimiento en los drenes principales. Además, la competencia del PEOT depende de una serie de reglamentos para la actuación”, afirmó.

Agregó que espera debatir los argumentos fiscales en el control de acusación.

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