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Sociedad

¿Ordenanza xenófoba o sirve para proteger a cusqueños?

Contra venezolanos. Gobierno regional imperial aprobó norma que sancionará a empresas que despidan a trabajadores peruanos y los sustituyan con extranjeros.

formalización. Cientos de venezolanos que huyeron de su país esperan su formalización. El Permiso Temporal de Permanencia (PTP) les permite buscar empleo.
formalización. Cientos de venezolanos que huyeron de su país esperan su formalización. El Permiso Temporal de Permanencia (PTP) les permite buscar empleo.

Mónica Cuti

El Gobierno Regional de Cusco aprobó una ordenanza para sancionar a empresas que despidan a cusqueños para contratar personal extranjero. Esa medida tuvo dos lecturas. Algunos la califican como discriminatoria, pero también fue saludada por miles de peruanos y algunas autoridades, como el gobernador de Arequipa, Elmer Cáceres. Este considera que la presencia venezolana perjudica a los trabajadores peruanos.

La resolución, vigente desde el lunes pasado, incorpora un “subtipo de conducta patronal sancionable": sanción a empleadores que despiden a nacionales para reemplazarlos por extranjeros, a quienes se les remunera con montos menores. Habrá multas para infractores.

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¿Pero es constitucional la norma regional de Cusco? Para el abogado penalista Gonzalo Bellido, viola varias normativas y tratados internacionales. La primera, el artículo 323 del Código Procesal Penal, que prohíbe cualquier tipo de discriminación. En este caso, sería segregación por origen, pues la norma va contra ciudadanos venezolanos. El letrado explica que, una vez permitido su ingreso, los extranjeros pueden incorporarse a la masa laboral, pues esta acción no se le puede prohibir a nadie. El delito de discriminación está sancionado con dos a cuatro años de pena privativa de la libertad. Si es motivada por funcionarios, es pena agravada.

Contra las empresas

También se viola la Constitución, no se permite el ejercicio de la libre empresa. El empresario es libre de contratar al personal que vea conveniente. “Si un extranjero está habilitado para hacerlo (trabajar), puede hacerlo; no se puede apoyar absurdos”, dijo.

El especialista observó que una ordenanza regional no puede modificar los parámetros de contratación emitidos a nivel nacional por el Ministerio de Trabajo.

Bellido indica que la empresa a la que intenten sancionar con la ordenanza puede interponer una acción de amparo y continuar con su funcionamiento normal. "Este tipo de normativas pareciera que se hizo sin supervisión de los especialistas o es algo político", señaló.

PUEDES VER: Gobernador de Cusco defiende ordenanza laboral que impide empleo a extranjeros

En el caso de Arequipa, el director de Prevención y Solución de Conflictos Laborales de la Gerencia de Trabajo, José Luis Carpio Quintana, señala que del total de venezolanos que ingresan a la Ciudad Blanca, solo un 10 a 15% tiene trabajos formales. Explica que el Ministerio de Trabajo ya sanciona a las empresas que no cumplen con la cuota máxima de extranjeros en sus establecimientos, que corresponde al 20% del total del personal que labora. Además, si una persona siente que fue retirada injustamente, puede demandar a la empresa por despido arbitrario.

Con ello, el trabajador es indemnizado con un sueldo y medio por año trabajado, incluso puede lograr su reposición. Carpio indica que las indemnizaciones benefician a los servidores que no estuvieron en planillas.

El sociólogo Pablo Raúl Fernández Llerena explica que estas ordenanzas tienen una justificación: actos delictivos atribuidos a los venezolanos; además que no solo se mostraría rechazo en la población obrera, sino también en profesionales que actualmente se muestran en contra de la validación de títulos profesionales. Para Fernández, es necesaria una regulación para el ingreso de extranjeros en general y, con eso, controlar su entrada al país.

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