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Política

Arequipa: JEE declaró fundada la tacha contra candidatura de Benigno Cornejo

La tacha para el actual alcalde del distrito de Cerro Colorado se sostiene principalmente en que no ha consignado los ingresos económicos que percibe a través de su empresa, por la cual solo declaró ser gerente en su hoja de vida.

Alcalde Benigno Cornejo sostuvo que prostíbulo cumple con medidas de salubridad y bioseguridad. Foto: La República
Alcalde Benigno Cornejo sostuvo que prostíbulo cumple con medidas de salubridad y bioseguridad. Foto: La República

El Pleno del Jurado Electoral Especial de Arequipa declaró fundada la tacha interpuesta por el ciudadano Raúl Octavio Salas Alva en contra de la inscripción del candidato Benigno Cornejo Valencia para la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Arequipa por la organización política Movimiento Regional Arequipa Avancemos.

Fueron ocho argumentos presentados. El más significativo y el que llevó a la decisión del JEE fue que el candidato consignó un monto menor de ingresos, solo por su función como alcalde distrital, y no colocó los ingresos provenientes de su empresa Inversiones El Sillar S. A. C., en la que además figura como gerente, tal como lo consignó en su hoja de vida.

En la versión de su abogado, esta empresa estuvo sin actividad durante el año 2021 debido a la pandemia; sin embargo, no adjuntó un medio de prueba que sustente lo alegado. Asimismo, manifiesta que no ha renovado sus representantes y administradores, razón por la cual el nombre de Cornejo se mantiene en registros públicos en la condición de gerente.

El JEE considera que no se aprecian medios de prueba suficientes que justifiquen la omisión de los ingresos del candidato, sobre todo de los procedentes del puesto de gerente que figura en su empresa Inversiones El Sillar S. A. C. La resolución confirma que omitió consignar los ingresos que percibió por dicha actividad.

Las tachas presentadas se fundamentan también en irregularidades en el acta de elección interna e incompatibilidad con el cargo directivo del candidato. Se señala que no ha cumplido con solicitar licencia sin goce de haber al cargo público de alcalde distrital de Cerro Colorado en la fecha exigida por su estatuto.

Asimismo, el título profesional de abogado consignado por el candidato no aparece registrado en Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu); y además no ha consignado las características del vehículo de su propiedad.

Por lo anterior, el JEE resolvió que, si es candidato y al mismo tiempo es presidente de Movimiento Regional Arequipa Avancemos, habría solicitado tardíamente su licencia sin goce de haber al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado. Dicho análisis, toca hacerlo en la instancia interna de la organización política.

Respecto al título profesional de abogado, que no estaría publicado en la Sunedu, el JEE señala que no puede ser imputable al candidato porque lo informó oportunamente. Finalmente, tampoco refleja una diferencia trascendente la omisión de consignar las características de su vehículo.

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