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Política

José Williams responde a Aníbal Torres: “Usted puede concurrir a la próxima sesión del pleno”

“Toda cuestión de confianza debe plantearse con sujeción al reglamento del Congreso”, dice el presidente del Legislativo.

Aníbal Torres envió oficio a José Williams informando que irá al Pleno para plantear cuestión de confianza. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República
Aníbal Torres envió oficio a José Williams informando que irá al Pleno para plantear cuestión de confianza. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República

El presidente del Congreso, José Williams, comunicó que Aníbal Torres, puede asistir al próximo pleno, luego de que el titular del Consejo de Ministros, reiterara que planteará una cuestión de confianza en la próxima sesión por no debatirse el proyecto que elimina la Ley 31355.

“Hemos recibido el documento de la referencia de fecha 10 de noviembre y le comunico que de conformidad con los artículos 129,132 y 133 de la Constitución Política del Perú, usted puede concurrir a la próxima sesión del pleno del Congreso”, dice el oficio 0334-2022.

Williams se refirió a la cuestión de confianza que promueve el Poder Ejecutivo y destacó que el mecanismo constitucional debe estar sujeto al artículo 86 del Reglamento del Congreso.

Le reitero que toda cuestión de confianza debe plantearse con sujeción a nuestro texto fundamental, el artículo 86 del Reglamento del Congreso y a la Ley 31355, Ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza, conforme se lo manifestamos en nuestro anterior comunicado”, añade el documento.

comunicado del presidente del Congreso

comunicado del presidente del Congreso

El último miércoles, Aníbal Torres, reiteró que presentará la cuestión de confianza pese a que desde el Legislativo calificaron de inadmisible la iniciativa.

Incluso, con 16 votos a favor y 9 en contra, la Comisión de Constitución archivó este viernes el proyecto del Gobierno de Pedro Castillo que pretendía derogar la Ley 31355, la misma que reforma la cuestión de confianza en los artículos 132 y 133 de la Carta Magna.

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