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Política

¿Cómo funciona la ley de idoneidad para funcionarios públicos?

Experto sostuvo que la practica de la ley de idoneidad promoverá la lucha anticorrupción y el buen ejercicio del cumplimiento normativo.

El Gobierno viene realizando el VI Consejo de Ministros Descentralizado en Cusco este viernes 22 de abril. Foto: PCM
El Gobierno viene realizando el VI Consejo de Ministros Descentralizado en Cusco este viernes 22 de abril. Foto: PCM

El último 15 de febrero, el Ejecutivo promulgó la “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción” (Ley n.° 31419) luego de ser aprobada por el Congreso.

La referida norma, que está comprendida en la aplicación de la Ley del Servicio Civil, dispone requisitos que deben cumplir los que asumirán la titularidad de una cartera viceministerial, así como también los que ocuparán puestos de confianza, direcciones, entre otros altos cargos públicos.

”Dada la coyuntura, la iniciativa resultaba indispensable y urgente para evitar que se siga perforando la institucionalidad al nombrar en diferentes posiciones clave a personas que no contaban con ninguna experiencia en el manejo de la cosa pública”, opinó el letrado Alfonso Garcés, del estudio Guzmán Napurí & Segura Abogados.

Al respecto, el experto sostuvo que la práctica de la ley de idoneidad promoverá la lucha anticorrupción y el buen ejercicio del cumplimiento normativo. “Debemos recordar que dichos funcionarios son los encargados de dirigir e implementar las políticas públicas en beneficio de los ciudadanos”, mencionó.

El abogado explicó que los viceministros, secretarios generales, titulares, adjuntos, presidentes y órganos colegiados deberán cumplir con los requisitos dispuestos en la Ley del Servicio Civil, además de otras condiciones como experiencias generales y específicas que superen los ocho y cinco años respectivamente, formación superior completa, entre otros.

Del mismo modo, indicó que la ley puede responsabilizar a la máxima autoridad que permita que un funcionario que no ha cumplido con los requisitos de idoneidad o no ha sido debidamente acreditado firmen documentos oficiales o realicen actos.

“Los ministros, aunque no lo mencione expresamente la norma, podrían asumir alguna responsabilidad si los funcionarios impedidos realizan actos o firman documentos oficiales que, por la pérdida de competencia, perjudiquen al Estado de cualquier modo”, ejemplificó.

Por último, Alfonso Garcés enfatizó que es crucial que el porcentaje de directivos sean elegidos por méritos, más que por designaciones que se basan en la confianza.

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