Precio del dólar hoy, miércoles 24 de abril
Política

Vacancia por incapacidad moral: origen y por qué va en contra del modelo presidencialista

La Presidencia del Perú vaca por su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso, según el articulo 81 de la Constitución. Aquí, todos los detalles de este motivo de destitución del jefe de Estado.

El presidente es vacado si el Congreso alcanza los 87 votos a favor. Foto: Andina
El presidente es vacado si el Congreso alcanza los 87 votos a favor. Foto: Andina

La vacancia por incapacidad moral permanente es una causal de destitución del presidente de la República establecida en la Constitución Política de 1993. Su origen se remonta a la carta magna de 1839 y en la historia reciente ha sido motivo de diversas crisis políticas. Conoce aquí cuándo se originó y por qué va en contra del modelo presidencialista.

¿Qué es la vacancia por incapacidad moral?

La vacancia por permanente incapacidad moral es la segunda causal para la defenestración del presidente de la República, según lo contempla el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución Política del Perú del año 1993. Sin embargo, no existe una definición concreta sobre lo que implica su contenido y su interpretación queda en manos del Congreso de la República.

De acuerdo con el constitucionalista de Abraham García Chávarri, existen tres formas de conceptualizar la incapacidad moral. En primer terminó estaría relacionada con “un sentido restringido moral, vinculado con aquellas conductas reprochables éticamente de tal gravedad y flagrancia que hagan resultar manifiestamente imposible que el presidente de la República siga en el cargo”.

Por otro lado, se podría interpretar como la permanente incapacidad mental del jefe de Estado, tal y como se entendía en la carta magna de 1839, donde aparece por primera vez el término. Finalmente, cabe una interpretación literal de la causal de vacancia.

¿Cuándo aparece por primera vez la vacancia por incapacidad moral?

La primera vez que se mencionó la incapacidad moral como motivo de vacancia del titular del Gobierno fue en la Constitución Política de 1839. En el articulo 81 se estableció que “la Presidencia de la República vaca de hecho por muerte, o por cualquier pacto que haya celebrado contra la unidad e independencia nacional; y de derecho por admisión de su renuncia, perpetua imposibilidad física o moral, y término de su período constitucional”.

¿Qué es el presidencialismo?

El presidencialismo o sistema presidencial es el sistema de gobierno donde la constitución establece una separación estricta entre el poder ejecutivo, el poder legislativo, poder judicial, y el Jefe de Estado. Además, son los votantes quienes eligen al presidente de la República y no el Parlamento. Se originó en Estados Unidos y sus principales características son:

  • El presidente es al mismo tiempo jefe de Estado y jefe de Gobierno.
  • El presidente y el Congreso son elegidos mediante voto popular de forma independiente.
  • Existen controles principalmente jurídicos entre poderes.
  • La supervivencia del Congreso no depende del Poder Ejecutivo y viceversa.

¿Qué implica aplicar la vacancia por incapacidad moral para nuestra forma de gobierno?

Según Abraham García Chávarri, “la vacancia por incapacidad moral quiebra también el modelo presidencial, en tanto que resultaría contradictorio establecer un blindaje como el que otorga el artículo 117 de la Constitución actual al presidente de la República, si después, bajo la amplia consideración de una incapacidad moral, puede acortarse dicho mandato a modo de una confianza parlamentaria o un juicio político sumarísimo”.

¿Cuál es el procedimiento para la vacancia por incapacidad moral según la Constitución de 1993?

El articulo 89-A del reglamento del Congreso de la República establece que el procedimiento para el pedido de vacancia por incapacidad moral permanente debe cumplir las siguiente reglar:

  • El pedido de vacancia se formula mediante moción de orden del día, firmada por no menos del veinte por ciento del número legal de Congresistas, precisándose los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta, así como de los documentos que lo acrediten o, en su defecto, la indicación del lugar donde dichos documentos se encuentren. Tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al Presidente de la República.
  • Para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción.
  • El Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos.
  • El acuerdo que declara la vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución, requiere una votación calificada no menor a los 2/3 del número legal de miembros del Congreso y consta en Resolución del Congreso.
  • La resolución que declara la vacancia se publica en el diario oficial dentro de las veinticuatro horas siguientes al de la recepción de la transmisión remitida por el Congreso. En su defecto, el presidente del Congreso ordena que se publique en uno de los diarios de mayor circulación nacional, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.
  • La resolución que declara la vacancia rige desde que se comunica al vacado, al presidente del Consejo de Ministros o se efectúa su publicación, lo que ocurra primero.

El presidente es vacado si la votación a favor del pedido alcanza un mínimo de 87 votos, es decir, los dos tercios del número legal de congresistas.

¿Cuántos presidentes han sido vacados en el Perú y en qué contextos?

  • José de la Riva Agüero fue el primer jefe de Estado peruano que llevó el título de presidente de la República y que lució la banda presidencial. También se convirtió en el primer gobernante destituido por el Congreso el 23 de junio de 1823, cuando el legislativo concedió facultades presidenciales al general venezolano Antonio José de Sucre.
  • Guillermo Billinghurst fue el primer presidente que el Congreso acusó de incapacidad moral por negarse a convocar a una legislatura extraordinaria para aprobar el presupuesto público. Esta no se concretó porque, el 4 de febrero de 1914, Billinghurst fue depuesto mediante el golpe militar dirigido por el coronel Óscar R. Benavides.
  • Alberto Fujimori: en el año 2000 se convirtió en el primer presidente de la Republica vacado por incapacidad moral permanente. Su destitución se dio luego de que el Congreso no aceptara su renuncia enviada por fax desde Japón.
  • Martin Vizcarra: El 9 de noviembre del 2020, el Congreso lo destituyó por incapacidad moral permanente, por presuntos actos de corrupción durante su periodo como gobernador regional de Moquegua.

En Política LR, contamos con un equipo de periodistas especializados que se encargan de redactar y elaborar los artículos bajo nuestra firma. Además, disponemos de un grupo de editores dedicados a revisar meticulosamente cada publicación para garantizar que cumplan con nuestra línea editorial y sean de relevancia para nuestros lectores.