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Política

Pedido de vacancia contra Jorge Muñoz se definiría en 2022 ante el JNE, señala experto

El especialista en temas municipales Martín D’Azevedo consideró que “se ha configurado la causal de vacancia” contra Jorge Muñoz. Solicitud se da por haber cobrado dietas cuando era miembro del directorio de Sedapal mientras ejercía el cargo de alcalde de Lima.

El especialista en temas municipales Martín D'Azevedo considera que el JNE “va a tener un temperamento a favor de la vacancia” de Jorge Muñoz si se ciñe a lo estrictamente legal. Foto: La República
El especialista en temas municipales Martín D'Azevedo considera que el JNE “va a tener un temperamento a favor de la vacancia” de Jorge Muñoz si se ciñe a lo estrictamente legal. Foto: La República

El próximo 12 de noviembre, el Concejo Municipal discutirá y votará la solicitud de vacancia presentada contra el alcalde de Lima, Jorge Muñoz Wells, por haber cobrado dietas como integrante del directorio del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal) mientras desempeñaba su cargo como burgomaestre capitalino. Al respecto, el abogado experto en gestión municipal Martín D’Azevedo consideró que el futuro de la autoridad edil frente a la MML recién tendrá un carácter definitivo entre los meses de febrero y marzo del 2022, cuando sea el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el que resuelva el caso en última instancia.

A mí me parece que el tema (la vacancia) va a prosperar, quizá no en el Concejo Municipal, pero sí más adelante en el Jurado Nacional de Elecciones. (…) El procedimiento tiene dos instancias y se inicia en el Concejo Municipal, pero es un tema meramente numérico y político. Eso no se puede evitar porque es su naturaleza. Cada uno (regidor) viene de un partido y vota en ese sentido. Ante el Concejo no hay un pronunciamiento de tipo legal”, expresó en diálogo con La República.

Ante la solicitud de vacancia presentada por el ciudadano Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez, el Concejo Municipal programó ver el tema en una sesión virtual el próximo 12 de noviembre desde las 8.30 a. m., fecha en la que se definirá la situación de Jorge Muñoz.

El alcalde de Lima formó parte de cuatro sesiones del directorio de Sedapal entre los meses de marzo y mayo del 2019. Los directores de esta entidad estatal cobran alrededor de S/ 3.000 soles por sesiones semanales. Muñoz Wells recibió este dinero mientras percibía su sueldo mensual como burgomaestre. A pesar de que renunció al directorio de la empresa estatal y devolvió las dietas, la falta ya estaría configurada.

Según Martín D’Azevedo, la verdadera pugna de Jorge Muñoz por permanecer en el cargo no estará en el Concejo Municipal debido que ahí cuenta con una mayoría. El Concejo está conformado por 40 integrantes. 39 regidores y el alcalde de Lima. Del total de regidores, 21 son oficialistas y 18 de oposición, por lo que al necesitar los dos tercios del número legal de los miembros (26) no se reunirían los votos suficientes para aprobar la vacancia el 12 de noviembre. Su verdadera preocupación asomará cuando la solicitud de vacancia llegue al JNE.

Si se vaca o no en el Concejo, no tiene mucha trascendencia porque cualquiera de las dos partes afectadas por la vacancia (sea el alcalde o el ciudadano que presentó la demanda) van a apelar y van a ir al Jurado Nacional de Elecciones, donde se definirá en última y definitiva instancia si lo vacan o no al Sr. Muñoz”, agregó.

Martín D'Azevedo vacancia de alcalde Jorge Muñoz se definirá ante el JNE

Abogado Martín D'Azevedo estima que decisión final del JNE se dé a conocer entre los meses de febrero y marzo del 2022. Foto: Facebook de Martín D'Azevedo

Existe causal de vacancia, según D’Azevedo

El especialista en gestión municipal consideró, atendiendo los detalles de la solicitud de vacancia, que sí se configuró la causal de vacancia por parte del alcalde de Lima, debido a que fue de conocimiento público que sí formó parte del directorio de Sedapal y que cobró dietas por las sesiones en las que participó, todo esto cuando ocupaba un cargo público en la Municipalidad de Lima.

En efecto, se cumple la causal de vacancia que está normado en el artículo 22 numeral 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que señala algunos de los impedimentos para postular y ser alcalde. Uno de esos impedimentos es ser presidente o miembro de una de las empresas del Estado y el Sr. Muñoz aceptó (el cargo en Sedapal). (…) Fue nombrado miembro del directorio. Si cobró (dietas) o no no tendría relevancia. Luego renunció porque seguro algún asesor le comentó (la posibilidad de vacancia), pero ya se había configurado el hecho cuando estaba impedido por la Ley Orgánica de Municipalidades”, comentó.

Finalmente, la decisión que se adopte en el Concejo Municipal el próximo 12 de noviembre podrá suceder a la presentación de una reconsideración o apelación por parte de cualquiera de los dos lados en disputa. Luego llegará a la segunda y última instancia en el JNE, el cual se pronunciaría de forma definitiva entre los meses de febrero y marzo del próximo año. Para Martín D’Azevedo, el Jurado Nacional de Elecciones podría pronunciarse a favor de la vacancia.

Creo que el JNE va a tener un temperamento a favor de la vacancia porque desde el punto de vista estrictamente legal se fijará si existen los documentos estrictamente fehacientes y probatorios que demuestren la causal de vacancia, además de haberse concretado el nombramiento, la asistencia a las reuniones de directorio en el acta. Hasta ahí, creo que ya se habría configurado la (causal de) vacancia”, finalizó.

Periodista por de la Universidad Nacional Federico Villarreal y con estudios en antropología por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Actualmente, escribo sobre política en La República. Durante mi carrera he abordado temas sociales, políticos y culturales. También me desempeño en el campo de la escritura creativa.