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Política

¿Qué es el voto de confianza que el gabinete de Guido Bellido solicitará al Congreso?

Si dos gabinetes son rechazados, el presidente tendrá la facultad de disolver el Congreso. Conoce aquí cómo funciona este mecanismo de control político.

Guido Bellido viene sosteniendo reuniones con las distintas bancadas previo a su exposición en el Peno. Foto: composición LR
Guido Bellido viene sosteniendo reuniones con las distintas bancadas previo a su exposición en el Peno. Foto: composición LR

El primer gabinete del presidente Pedro Castillo, encabezado por Guido Bellido, deberá presentar cuestión de confianza ante el Congreso. Tras analizar y debatir la política general del Gobierno de Perú Libre, los legisladores podrán aceptar o rechazar al Consejo de Ministros.

Las distintas bancadas del Parlamento actualmente están deliberando en torno a la propuesta de Bellido en el mando de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). Desde la tienda de Avanza País se considera “una provocación” la designación del primer ministro. Acción Popular, por su parte, evalúa otorgar su respaldo, pero piden hacer cambios en algunas carteras.

¿Qué significa el voto de confianza?

De acuerdo con la Presidencia del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza o voto de confianza se define como “un mecanismo constitucional por el cual el Poder Ejecutivo puede consultar al Congreso de la República sobre el tema que estime conveniente, si aún cuenta con su confianza para seguir gobernando”.

El artículo 130 de la Constitución establece que “dentro de los treinta días de haber asumido funciones, el presidente del Consejo concurre al Congreso” para exponer y debatir la política general del Gobierno.

Asimismo, acompañado de los demás ministros, plantea cuáles serán las principales medidas que requiere su gestión. Para tal efecto presenta una cuestión de confianza. Antes de tal exposición ante el Pleno, Guido Bellido viene sosteniendo reuniones con las distintas fuerzas políticas congresales.

¿Por qué es importante el voto de confianza?

El abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi resaltó que el voto de confianza aporta al equilibrio entre Ejecutivo, Legislativo y Poder Judicial. “Los tres poderes del Estado deben tener pesos y contrapesos, ninguno debe estar encima del otro”, mencionó a La República en agosto de 2020.

Asimismo, Rospigliosi indicó que la cuestión de confianza propicia el diálogo entre el Gobierno y las fuerzas políticas del Parlamento. “Se va a escuchar el punto de vista de las bancadas y con base en ello hacen sus políticas generales de gobierno al pedir el voto de confianza; eso es bueno”, explicó.

Mientras continúan las conversaciones entre Bellido y los representantes congresales, se prevé que el gabinete realice su exposición en dos o tres semanas. “(Pedirán el voto de confianza) dentro del plazo legal. Parece que va a ocurrir la tercera o cuarta semana (de funciones), pero dentro del marco legal establecido”, adelantó Alex Paredes, vocero de la bancada oficialista.

¿Qué debe pasar para que se dé el voto de confianza?

El artículo 132 de la carta magna consigna que el voto de confianza se realiza por iniciativa ministerial. “Su aprobación requiere del voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso”, especifica la Constitución. Actualmente, en total son 130 congresistas los que ya ejercen funciones.

Asimismo, el Reglamento del Congreso, en su artículo 86, reafirma este procedimiento. “La cuestión de confianza solo se plantea por iniciativa ministerial y en sesión del Pleno del Congreso. Puede presentarla el presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo en su conjunto o cualquiera de los ministros. Será debatida en la misma sesión que se plantea o en la siguiente”, consigna el documento.

¿Qué sucede si no se da el voto de confianza?

Si la confianza es rehusada, se produce la “crisis total del gabinete”, como expresa la Constitución. Si ello ocurre, el Consejo de Ministros renuncia y el presidente de la República debe aceptar la dimisión dentro de las setenta y dos horas siguientes, según estipula el Reglamento del Congreso.

De acuerdo con la carta magna en su artículo 134, el presidente “está facultado a disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros”. El decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Parlamento.

Dichos comicios se realizarán dentro de los cuatro meses siguientes. Además se establece que la disolución del Congreso no puede ocurrir en el último año del mandato presidencial. Finalmente se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser desarticulada.

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