ONP, mayo 2024: cronograma de pagos
Política

IPYS y ANP: No pueden limitar testimonio de periodista Edmundo Cruz en caso Putis

Gremios periodísticos señalan que un periodista no requiere ser colegiado ni tener un título para ejercer la profesión. Abogada de Aprodeh indica que esta es la primera vez que se pide desconocer derecho a la reserva de sus fuentes.

Edmundo Cruz fue citado en el juicio a Alberto Fujimori por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta. Foto: cortesía
Edmundo Cruz fue citado en el juicio a Alberto Fujimori por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta. Foto: cortesía

Representantes del Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) y de la Asociación Nacional de Periodistas (ANP) rechazaron la solicitud para que el periodista Edmundo Cruz no declare como testigo en el proceso por autoría mediata que se lleva a cabo contra oficiales del Ejército destacados en Ayacucho en 1984 acusados de la matanza de decenas de comuneros y niños de la comunidad de Putis.

Comentaron que la normatividad peruana determina el ejercicio libre de la profesión y no obliga a ser colegiado ni tener un título profesional.

El periodista denunció la existencia de las fosas en el 2001 y por ello fue ofrecido como testigo de la Fiscalía en el juicio; sin embargo, la defensa de dos acusados se opuso a que declaré como profesional, según dijo, para que no pueda negarse a revelar sus fuentes.

La directora del Área de Libertades Informativas de IPYS, Adriana León, sostuvo que muchos periodistas han declarado en diversos procesos de corrupción y derechos humanos, entre otros, y los jueces han respetado su condición.

“Normalmente, la Fiscalía o el Poder Judicial, llaman a los periodistas cuando estos han publicado notas que pueden contribuir en la investigación que están realizando. Pero los periodistas tenemos el derecho de no revelar nuestras fuentes o entregar documentación recogida”, aclaró.

Recalcó que en Perú los periodistas no tienen la obligación de ser colegiados. “El derecho a la libertad de expresión y de prensa va más allá de un título profesional, y no ser colegiado no limita a ser un profesional del periodismo”, refirió.

Asimismo, remarcó que los magistrados no pueden impedir a Edmundo Cruz dar su testimonio como periodista ni obligarlo a revelar sus fuentes. “La defensa de los acusados está pidiendo algo descabellado, pero espero que el tribunal no acepte este pedido. Hacerlo sería un atentado contra la libertad de expresión”, alertó.

2001. Periodista Edmundo Cruz recogió testimonios en Putis. Foto: Virgilio Grajeda / La República

2001. Periodista Edmundo Cruz recogió testimonios en Putis. Foto: Virgilio Grajeda / La República

De la misma manera se pronunció la secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional de la ANP, Zuliana Lainez, quien acotó que en el año 2006 el Tribunal Constitucional declaró infundada una demanda presentada por el Colegio de Periodistas del Perú contra la ley que establece que la colegiación no es obligatoria para el ejercicio de la profesión.

“Ningún juez puede pedirle la colegiatura como requisito para ejercer la profesión en este país. Ya lo reconoció el Tribunal Constitucional. Tampoco se exige que un periodista tenga que acreditar su condición a través de un título a través del Sunedu. Eso sería crear precedentes que van contra la ley. En Perú, la actividad periodística es una actividad libre y te acredita tu trabajo”, manifestó.

Agregó que Edmundo Cruz es socio honorario de la ANP y es un periodista referente en temas de investigación, que no puede ser puesto en duda por nadie.

“Nuestra actividad se basa en el artículo 2 inciso 4 de la Constitución sobre libertad de expresión, opinión y difusión de información. Intentar imponer condiciones para acreditar su condición de periodista sería un atentado contra la libertad de expresión y la actividad periodística en el país, que es libre. Un juez no puede ir en contra de la legislación”, dijo.

Sin antecedentes

Por su parte, la abogada de la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), Gloria Cano, desmintió al abogado que afirmó que, en ninguno de los casos de derechos humanos que se ha seguido, los jueces no han desconocido el derecho profesional de los periodistas que se presentaron como testigos.

“Si un periodista es propuesto como testigo por haber investigado algún hecho, tiene que citársele de esa manera, cuando es pertinente y útil, porque va a facilitar datos e información para llegar a la verdad”, resaltó.

Recordó que Edmundo Cruz fue citado en el juicio a Alberto Fujimori por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, por sus investigaciones sobre la estructura del destacamento militar Colina, publicadas en la revista Sí y La República. También asistió el periodista Ricardo Uceda. En ambos casos se les reconoció el derecho profesional a guardar sus fuentes.

“Sería ilegal que a un periodista que acuda a declarar la Sala le pretenda quitar el derecho y la obligación que tiene de guardar la reserva de su fuente”, advirtió.

Cano aclaró que en el juicio por los crímenes cometidos contra dos estudiantes y un profesor en los sótanos del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) el periodista Ricardo Uceda se presentó como testigo en su calidad de periodista, y no se cuestionó ello, desmintiendo al abogado de los militares.

En su momento, los abogados de la asociación Paz y Esperanza, que representa a los familiares de las víctimas, remarcaron que los periodistas tienen el derecho de la reserva de sus fuentes y no hay norma que limite la libre expresión sobre la que está basado el ejercicio del periodismo.

La audiencia del juicio sobre la matanza de decenas de comuneros de Putis, entre ellos varios menores de edad, continuará el próximo lunes 28 de junio.

Newsletter Política LR

Suscríbete aquí al boletín Política La República y recibe a diario en tu correo electrónico las noticias más destacadas de los temas que marcan la agenda nacional.