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Política

Declaraciones de Jorge Barata y otros testigos se mantienen en el caso Cócteles

El juez Víctor Zúñiga rechazó el pedido de Jaime Yoshiyama de anular el traslado de declaraciones de exejecutivos de Odebrecht al caso contra Keiko Fujimori.

Jorge Barata declaró en 2020 sobre diversos codinomes relacionados a aportes de campaña. Foto: AFP.
Jorge Barata declaró en 2020 sobre diversos codinomes relacionados a aportes de campaña. Foto: AFP.

Las declaraciones de Jorge Barata, exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, así como de exejecutivos de la empresa brasileña se mantendrán, por el momento, incorporadas en el caso Cócteles contra Keiko Fujimori y otros 41 acusados por lavado de activos, organización criminal, falsa declaración y obstrucción a la justicia.

La República pudo conocer que el magistrado del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, Víctor Zúñiga Urday, decidió negar -declarándolo improcedente- un recurso de nulidad presentado por Jaime Yoshiyama Tanaka, exsecretario general de Fuerza Popular y acusado por lavado de activos.

nulidad jaime yoshiymaa

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En la resolución del juez a la que accedió este diario, Zúñiga sostiene que la nulidad no era el recurso apropiado para cuestionar los testimonios: “Es a través de la tutela de derechos que se puede cuestionar cuando se obtienen elementos probatorios mediante procedimientos ilegales o viciosos, no mediante una nulidad como se pretende”.

El requerimiento de Yoshiyama, hecho en enero de 2021 (antes de que el fiscal José Domingo Pérez presentara su acusación) buscaba que se anulen el traslado de distintos testimonios al expediente. Entre ellos, los brindados por Jorge Barata en marzo de 2020; así como las declaraciones de los exejecutivos de Odebrecht Mónica Moura, Luiz Da Rocha Soares, Marcos de Queiroz Grillo (encargado del área de la “Caja 2”) y María Lucía Guimaraes Tovares.

El abogado de Yoshiyama, Humberto Abanto, también cuestionó la inclusión de las declaraciones de los exmiembros del Consejo Nacional de la Magistratura Orlando Velásquez y Guido Aguila, y de la jueza Edita Condori.

Contenidos

Con la decisión del juez Zúñiga, dichos testimonios incluidos en las disposiciones fiscales 207, 208 y 210, de diciembre de 2020, se mantendrán en el caso Cócteles, por el momento.

En la primera disposición se incluyeron al caso las declaraciones de Gonzalo Monteverde, Mónica Moura, Luiz Da Rocha Soares y María Lucía Guimaraes, así como la información del levantamiento del secreto bancario de Marcionila Cardoso (exsocia del empresario Gonzalo Monteverde), con documentos sobre transferencias entre Construmaq S.A. y bancos del extranjero que llegaron al partido y que, para la Fiscalía, dan cuenta de los movimientos para “blanquear” el dinero recibido de Odebrecht (US$1.000.000).

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En la disposición 208, por otra parte, se incorporó la declaración de Jorge Barata de marzo de 2020, en la que amplió detalles de los codinomes “CAMPANHA”, “CAMPANHA NAC 2” y “CAMPANHA NAC 3”. Esta última correspondiente a un aporte de Odebrecht al partido fujimorista en 2011.

Dado que se trata de una resolución de primera instancia, Abanto adelantó a este diario que apelará la decisión del magistrado Zúñiga para que todo se defina en la Segunda Sala de Apelaciones contra el Crimen Organizado.

Una nueva etapa

Otra de las decisiones clave que tomó el magistrado Zúñiga en los últimos días fue iniciar, formalmente, la etapa de control de acusación contra 42 involucrados, incluyendo a Keiko Fujimori por el caso Cócteles.

Una fase inmediatamente anterior al inicio de un juicio oral, pero que puede tardar más de un año o dos por la complejidad del caso y en el que se debatirán qué pruebas, testimonios o documentos se pueden debatir en el proceso.

acusados keiko 1

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acusados keiko 2

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Es el paso inicial para que se discuta la acusación del fiscal José Domingo Pérez en la que se pide 30 años de prisión para Keiko Fujimori, Jaime Yoshiyama, y el “núcleo duro” de la organización criminal que habría liderado la candidata presidencial junto a Pier Figari y Ana Herz.

Pasados diez días hábiles desde que las defensas sean notificados del comienzo de esta revisión de la acusación, se convocará una fecha de audiencia.

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