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Política

La Contraloría podría imponer sanciones administrativas

Comisión de Fiscalización aprobó ley que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional, fortaleciendo su potestad sancionadora.

Norma. Aprueban ley que tipifica conductas infractoras. Foto: Virgilio Grajeda / La República
Norma. Aprueban ley que tipifica conductas infractoras. Foto: Virgilio Grajeda / La República

La Comisión de Fiscalización aprobó por unanimidad (13 votos) la ley que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y con ello establece medidas para el fortalecimiento de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República. Aún falta la aprobación en el pleno del Legislativo.

En abril del 2019, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el artículo 46 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría y dejó sin efecto las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa.

De esta manera, se estaba librando de sanciones administrativas a 15.000 funcionarios públicos implicados en actos de corrupción.

También se aprobó por unanimidad (14 votos) el dictamen por el que se propone una ley que crea el Registro para el Control de Contratos de Consultorías del Estado, esto para impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en entidades públicas.

Tachas

La comisión especial de selección de candidatos aptos para la elección de magistrados del TC, que preside el congresista Rolando Ruiz Pinedo (AP), aprobó por mayoría las resoluciones que declaran infundadas las tachas presentadas contra 4 postulantes de este proceso.

Se trata de los ciudadanos Esperanza Jobita Díaz Silva, Fernando Alberto Calle Hayen, María del Pilar Dolores Tello Leyva y Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, quienes continuarán en el proceso de evaluación.

Estos candidatos pasan a la siguiente etapa, la de entrevista personal.

La clave

Fallo. El postulante Willy Ramírez Chávarry fue excluido como candidato al TC por omitir que tenía procesos judiciales en trámite, cuando el reglamento exigía documentarlos.

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