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Política

Solicitud de la Comisión de Presupuesto fue rechazada por el MEF

El Ministerio de Economía remitió un documento a Humberto Acuña, presidente de la comisión, donde indica que los 264 proyectos de inversión que envió no serán incluidos en el presupuesto del sector público.

App. Sentenciado Humberto Acuña se opone a tercera reforma.
App. Sentenciado Humberto Acuña se opone a tercera reforma.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) envió un oficio al presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso, Humberto Acuña Peralta (APP), para darle a conocer su rechazo hacia los proyectos de inversión que solicitó para que se incluyan en el presupuesto de trabajo del 2021.

El documento señala que los 264 proyectos de inversión enviados por el despacho de Acuña al MEF, para ser incluidos en el anexo 5 del dictamen de la Ley de Presupuesto del sector público para el año fiscal 2021, ascienden a un monto total de 1 546 175 soles y no se encuentran programados en la propuesta de Ley de Presupuesto que fue presentada por el Ejecutivo.

“Del total del proyectos de inversión, 130 no cuentan con expediente técnico registrado en el Banco de Inversiones y más del 50% de las inversiones se concentran en seis regiones: Lambayeque, Cajamarca, Lima, Ancash, Piura y Huancavelica”, añade el MEF.

Además, precisaron que en marzo el Ejecutivo presentó el proyecto de Ley de Presupuesto del sector público con una partida inicial que el Congreso no tiene la potestad de redistribuir.

“Cualquier redistribución de recursos que pudiera realizar el Congreso de la República (...) sin considerar el equilibrio presupuestario, afecta el proceso técnico del Ministerio de Economía y Finanzas, en el tramo de elaboración de dichos proyectos de ley, y consecuentemente, vulnera la competencia exclusiva y constitucional del Poder Ejecutivo de administrar la Hacienda pública”, indica la carta.

Redistribución de recursos por parte del Congreso va en contra de la ley

El MEF sustenta que la posible redistribución de recursos, por parte del Congreso, contraviene la prohibición de iniciativa contemplada en el artículo 79 de la Constitución, que formula: “Los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto”.

En tanto, concluyen que la mencionada redistribución significaría eliminar recursos de un pliego presupuestal que ya estaba programado, para asignárselos a otro pliego, lo cual “inevitablemente” generaría mayores gastos no previstos en el presupuesto público.

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