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Política

Las nueve Salas de la Corte Suprema recibirán escritos por correo electrónico

Por parte de abogados, litigantes y terceros apersonados a un proceso judicial que se esté tramitando ante la máxima instancia judicial del país.

Colegiado de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial. Foto: Twitter PJ.
Colegiado de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial. Foto: Twitter PJ.

Durante el Estado de Emergencia y hasta que se implemente la Mesa de Partes Electrónica, las nueve Salas de la Corte Suprema de Justicia recibirán escritos de abogados y litigantes, a través de un correo electrónico institucional, que en los siguientes días será definido y difundido, por cada tribunal.

Estos correos solo serán para presentación de escritos por los abogados, litigantes y terceros apersonados a un litigio judicial. Los abogados se identificará con su respectivo nombre, número de colegiatura y firma electrónica. Los litigantes y terceros también podrán presentar escritos, acompañados de firma de abogado, y debidamente escaneado. Estos se identificaran con DNI y los datos de su abogado.

Los escritos no deberán pasar de 10 páginas y de modo excepcional se podrá adjuntar algún documento, como otorgamiento de poderes, de no más de 20 páginas, según lo establece el “Protocolo sobre el uso de las Cuentas de Correo Electrónico Institucional para la recepción de Escritos en las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, durante el Período de Emergencia Sanitaria”, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

El protocolo fue una propuesta del juez supremo Héctor Enrique Lama More con el objetivo de mejorar las condiciones para el trabajo a distancia de los jueces y los auxiliares jurisdiccionales y atender los requerimientos de los abogados y las partes en los procesos judiciales que se encuentran en este momento en trámite ante la Corte Suprema, en las Salas Penales, Civiles, Constitucional y la Penal Especial.

“Las partes procesales pueden formular pedidos o solicitar informes, exclusivamente respecto de la marcha de sus procesos; el mal uso o uso indebido de esta vía, habilita al órgano jurisdiccional al bloqueo respectivo del correo de origen, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan”, precisa la norma.

Subraya que esta es una vía temporal, excepcional, solo mientras dure la emergencia sanitaria, hasta el 30 de junio, y durante la etapa de reactivación de actividades del Poder Judicial, del 17 de junio al 17 de julio, por lo que se recuerda que los abogados deberán indicar en sus escritos la casilla electrónica obligatoria para la notificación de las resoluciones que expidan los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de las formas que de modo expreso prevea la Ley.

Atendiendo al contenido del escrito presentado, el Presidente de la Sala Suprema respectiva, o por pedido de uno de los integrantes del Colegiado, decidirá si corresponde o no ser impreso y agregado al cuadernillo que se forma en esta instancia. En caso se disponga la impresión del escrito y de modo excepcional del anexo, el auxiliar jurisdiccional designado procederá a agregarlo al mencionado cuadernillo, dejando constancia que los mismos fueron extraídos de la cuenta de correo electrónico del Poder Judicial asignada para tal fin.

Igualmente, en atención al contenido o relevancia del pedido para el proceso, el Presidente de la Sala Suprema decidirá si el escrito presentado deba ser objeto de una ratificación personal ante el tribunal, por la parte o su abogado, pudiendo producirse dicha ratificación en una audiencia, informe oral, vista de la causa o por videoconferencia, convocada para este fin.

Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y Periodismo. Gran Premio Nacional de Periodismo 2014. Premio Periodismo y Derechos Humanos 2016. Un reportero metido entre jueces, abogados, expedientes, la gente y sus vivencias. Editor Judicial.