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Política

Gerardo Sepúlveda: presentan recusación contra juez Richard Concepción Carhuancho

La defensa del empresario chileno, quien está como testigo en la investigación del caso Interoceánica, señala que el magistrado fue imparcial cuando dictó impedimento de salida en contra de su patrocinado.

Gerardo Sepúlveda no podrá salir del Perú por dos meses
Gerardo Sepúlveda no podrá salir del Perú por dos meses

El abogado Percy García, defensa legal del empresario chileno Gerardo Sepúlveda presentó una recusación en contra del juez Richard Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, por supuestamente no haber sido imparcial cuando ordenó impedimento de salida del país en contra de su patrocinado.

En el pedido, el letrado señala que una eventual dirección del mencionado magistrado al requerimiento de reposición de plazo del impedimento de salida en contra del empresario no garantiza la imparcialidad que merecen los procesos.

“Actualmente, [el juez Richard Concepción] tiene una queja por su actuación parcializada en la OCMA y sería lo más prudente que sea otro juez el que resuelva el pedido de reposición de plazo”, se lee en el pronunciamiento del letrado.

En el documento, la defensa legal menciona que Concepción Carhuancho favorece desde febrero de este año al fiscal José Domingo Pérez, integrante del Equipo Especial Lava Jato, para retener al empresario y aún no recoger sus declaraciones.

El plazo de permanencia de Gerardo Sepúlveda en el territorio nacional vence este 7 de junio. Este martes, La República informó que el Pérez Gómez pidió que se repongan otros 22 días para que el empresario continúe en el Perú hasta el 30 de junio, día en el que concluye el estado de emergencia por el nuevo coronavirus (COVID-19).

El argumento del integrante del Equipo Especial Lava Jato es asegurar que el empresario chileno declare como “testigo importante” en diligencias que fueron interrumpidas por la pandemia.

“El plazo no utilizado para desarrollar esta diligencia, de tomarse en cuenta, atentaría negativamente al desarrollo de la presente investigación, ergo el espacio de tiempo que se ha estado en cuarentena constituye un factor de caso fortuito o fuerza mayor no imputable al titular de la acción penal, por lo que se reitera por segunda vez que se reponga el plazo peticionado”, se lee en el documento del fiscal.

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