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Luis Castañeda y la camioneta que definió su prisión preventiva

Un vehículo a nombre de su ex hombre de confianza fue determinante para que el Poder Judicial lo enviara a prisión mientras es investigado.

Luis Castañeda Lossio, exalcalde de Lima, defiende este lunes una apelación a la orden de prisión preventiva de 24 meses que pesa en su contra.

Desde la prisión, el exalcalde de Lima se presentó en la audiencia a través de videollamada, para presenciar los alegatos de su representante legal y los de la Fiscalía, que sostiene el requerimiento contra el investigado por el caso Lava Jato.

El 16 de febrero pasado, la jueza María Álvarez Camacho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado, declaró fundado el pedido de la Fiscalía de enviar a prisión preventiva a Luis Castañeda Lossio.

Luis Castañeda Lossio escucha argumentos del fiscal Mendoza. Foto: John Reyes / La República

Luis Castañeda Lossio escucha argumentos del fiscal Mendoza. Foto: John Reyes / La República

Sin embargo, la jueza solo declaró fundado en parte el requerimiento de la fiscal Milagros Salazar Paiva, del Equipo Especial Lava Jato. Mientras que la representante del Ministerio Público pedía 36 meses de prisión preventiva para el exburgomaestre, la magistrada dictó 24 meses. ¿Por qué?

Más allá de conocer el criterio de proporcionalidad aplicado por la jueza Álvarez Camacho en la prisión preventiva contra Luis Castañeda Lossio, es de destacar los hechos que la magistrada valoró para arribar hasta la decisión de aplicar la restricción contra el exalcalde.

Dos hechos fueron determinantes para que la jueza tomara la decisión, y uno de ellos muestra un aspecto peculiar, pues tiene en el centro de la cuestión nada más y nada menos que a un vehículo.

Sin peligro de la fuga

Para empezar, al requerir una prisión preventiva, el fiscal debe sustentar ante el juez de investigación preparatoria que la medida restrictiva tiene como objetivo salvaguardar la investigación de dos peligros procesales: el de fuga y el de obstaculización.

Para justificar el primer peligro procesal, el fiscal presenta al juez elementos de convicción que acreditan el desarraigo del investigado. Estos son: desarraigo laboral, familiar y domiciliario.

En el caso de Luis Castañeda Lossio, la jueza Álvarez Camacho estimó que los argumentos de la fiscal Milagros Salazar Paiva, no eran suficientes para que se cumpla el presupuesto de peligro de fuga, pues se acreditó que el exalcalde de Lima tenía una residencia fija en el Perú —por más que difiriera en su ficha de Reniec y en la realidad—, y porque era jubilado y mantenía relación con sus hijos.

Por ese lado, entonces, la jueza María Álvarez Camacho descartó la prisión preventiva.

Sin embargo, la magistrada admitió que en el caso de Luis Castañeda Lossio, sí existía peligro procesal de obstaculización a la justicia. A esta conclusión, según narró la misma magistrada durante la audiencia de este viernes, llegó por dos hechos clave: el testimonio de José Luna Gálvez y una camioneta a nombre de Martín Bustamante.

La camioneta

El protagonismo de la camioneta durante la audiencia de este viernes se vincula con uno de los argumentos de la Fiscalía en el caso contra Luis Castañeda Lossio, y que involucra a Martín Bustamante y al exburgomaestre con un acuerdo para “no echar” a José Luna Gálvez y a Guiselle Zegarra.

“Existe la transcripción de la declaración del colaborador eficaz 155-2019 (Martín Bustamante). En esta transcripción, este colaborador indicó que en una conversación mantenida con Luis Castañeda Lossio, [cita la magistrada] ‘él me dijo que no debía echar ni a José Luna Gálvez ni Guiselle Zegarra, ante lo cual le respondí que tenía que decir la verdad. Incluso recuerdo que el señor Castañeda me recomendó a un abogado’”.

Camioneta a nombre de Martín Bustamante en la casa de Luis Castañeda Lossio durante allanamiento. Foto: La República.

Camioneta a nombre de Martín Bustamante en la casa de Luis Castañeda Lossio durante allanamiento. Foto: La República.

Esta declaración, según indicó la misma jueza Álvarez Camacho, daba indicios de una afinidad entre Martín Bustamente y Luis Castañeda Lossio, afinidad que más adelante la magistrada calificó “de conocimiento público”, pues, como se sabe, entre el exalcalde y el ahora colaborador eficaz, existía una relación de cercanía evidente, ya que el primero fue hombre de confianza del segundo.

“Bajo esta declaración, el Ministerio Público precisa que el peligro de obstaculización radica en el hecho de que el investigado Castañeda Lossio habría pedido a este colaborador eficaz, que no delate o que no dé mayores datos, respecto de José Luna Gálvez y Guiselle Zegarra”, añadió la jueza.

Ahora. Si bien es cierto que los dichos de los colaboradores deben ser corroborados con pruebas, la jueza señaló que no siempre es posible llevar a cabo este ejercicio. “La corroboración tiene límites que forman parte del día a día", dijo.

“No toda actividad humana puede ser materia de corroboración. Por ejemplo, aquellas reuniones o conversaciones clandestinas, o aquellas conversaciones que, por el nivel de afinidad entre los interlocutores, no ha hecho que quede un registro o por el lugar donde se desarrolló, no ha hecho que quede un testigo que dé cuenta del mismo”, dijo la magistrada.

Camioneta de Martín Bustamante en la casa de Luis Castañeda Lossio. Foto: La República.

Camioneta de Martín Bustamante en la casa de Luis Castañeda Lossio. Foto: La República.

Sin embargo, esta situación, para la jueza, “no impide que se haga un ejercicio de corroboración sobre datos periféricos, sobre indicios, y en ese entendido, el órgano jurisdiccional advierte dos indicios fuertes que corroboran esta declaración del citado colaborador eficaz”.

“El nivel de afinidad existente entre el colaborador eficaz [Martín Bustamante] y el investigado Castañeda. Recordemos que el colaborador, conforme lo ha explicitado la representante del Ministerio Público, no es cualquier colaborador eficaz. Es uno que se encuentra en los hechos directamente vinculado, asociado y en términos coloquiales, unido al investigado Castañeda Lossio”, señaló la magistrada.

En ese orden de ideas, sostuvo que “en ese entendido, tenemos un hecho notorio, porque es de público conocimiento este nivel de afinidad y un dato objetivo”.

“¿Cuál es el dato objetivo? Que ese nivel de afinidad se confirma precisamente del uso, disfrute, de una camioneta, de un vehículo, de la placa de rodaje tantas veces citada, que, pese a ser su titular este colaborador eficaz, se encuentra en uso actual del investigado Castañeda Lossio”, indicó la jueza Álvarez Camacho.

Registro en Sunarp de la propiedad de la camioneta a nombre de Martín Bustamante. Foto: Captura Consulta Vehicular de Sunarp.

Registro en Sunarp de la propiedad de la camioneta a nombre de Martín Bustamante. Foto: Captura Consulta Vehicular de Sunarp.

El testimonio de Luna Gálvez

El segundo factor clave que determinó la prisión preventiva contra Luis Castañeda Lossio fue simplemente un testimonio de José Luna Gálvez, su coinvestigado.

Así lo señaló la misma jueza Álvarez Camacho casi al final de la audiencia de este vierntes:

“Un segundo indicio podría ser el de comportamiento ligado al peligro de obstaculización de influir en coimputados. ¿Y dónde encontramos ese otro indicio? En la declaración del investigado José León Luna Gálvez, de fecha 18 de octubre de 2019”, señaló la magistrada.

En este testimonio, el fundador del partido Podemos Perú habló sobre una “reunión forzosa a la que habría sido conducido por una persona que sería el chofer de Castañeda Lossio".

Una vez en la cita con Luis Castañeda Lossio, señaló Luna Gálvez ante la Fiscalía, el exalcalde “me dijo que [si] tenía alguno de los papeles en los que se acredita que había trabajado en la Escuela de Gobierno, que luego se convertiría en la Escuela de Posgrado de la Universidad Telesup”.

“Es así que yo le digo que Martín Bustamante estaba diciendo que yo habría estado ingresando plata proveniente de los brasileros OAS y Odebrecht al partido Solidaridad Nacional. Pero que tú sabes que eso no era verdad, y que yo no iba a aceptar cubrir a esa persona”, cita el testimonio de Luna Gálvez la jueza Álvarez Camacho.

En seguida, la magistrada agrega:

"En ese punto de la conversación Castañeda me dice que iba a salir un nuevo dispositivo legal donde se establecería que los aportes anteriores a esta nueva ley, era legal. Es en ese momento que deduzco a dónde iba con esa afirmación, de que yo asumiera haber recibido aportes de empresas para la campaña electoral 2014 a fin de encubrir a Martín Bustamante”.

El testimonio de José Luna Gálvez, en esa línea, y según la jueza, “nos da cuenta, iniciariamente pero como dato objetivo, que lo precisado por el colaborador eficaz con corroboración en cuanto a su afinidad, sería la conducta obstaculizadora, por decir lo menos, que este investigado vendría asumiendo en esta investigación, razón por la cual el órgano jurisdiccional considera que respecto del investigado Castañeda Lossio, sí se cumple el tercer presupuesto de la prisión preventiva”.

Luis Castañeda y Susana Villarán, dos gestiones en prisión

Con el ingreso de Luis Castañeda Lossio a prisión, el exalcalde de Lima se convierte en el segundo burgomaestre capitalino de este siglo en ser encarcelado. Antes que él, Susana Villarán también fue confinada en una celda, en donde continúa.

La particularidad del caso de ambos exburgomaestres es que la prisión preventiva que cumplen se da en el marco de las investigaciones por el caso Lava Jato.

Como Luis Castañeda Lossio, Susana Villarán es investigada también pro presuntos pagos de OAS a cambio de beneficios en la Municipalidad de Lima con la concesión de obras.

Solidaridad Nacional, 6 alcaldes presos

Con esta prisión preventiva, Luis Castañeda Lossio pasó a engrosar el listado de exalcaldes de su partido, Solidaridad Nacional, que la ciudadanía ve tras las rejas.

En efecto, media docena de exburgomaestres de la capital, fueron detenidos y puestos tras las rejas por las autoridades, algunos preventivamente mientras que otros con sentencias firmes.

Estos exalcaldes fueron:

  1. Elías Cuba, por cobros ilícitos y por liderar presuntamente la organización criminal Los Intocables Ediles.
  2. Angel Chilingano, por cobrios ilegales y presunta impliacación en una organización criminal.
  3. Carlos Arce, por tráfico de terrenos y sicariato.
  4. Carlos Burgos, por enriquecimiento ilícito.
  5. Jorge Barthelmess, condenado a siete años de cárcel por negociación incompatible.

Jorge Muñoz: Luis Castañeda y Susana Villarán son ejemplos de lo que no se debería hacer

Susana Villarán y Luis Castañeda Lossio no solamente tienen en común haber sido la máxima autoridad en la Municipalidad Metropolitana de Lima, también cumplen 24 meses de prisión preventiva tras ser acusados de participar en organizaciones criminales. Ante ello, el actual alcalde de la capital, Jorge Muñoz, comentó que los imputados son casos que no se debería imitar.

“No hay que transitar por las vías que ellos han caminado. Y yo creo que ellos son un ejemplo de lo que no se debe hacer”, aseveró Muñoz Wells en diálogo con El Trome.

Luis Castañeda Lossio y Susana Villarán. Foto: La República.

Luis Castañeda Lossio y Susana Villarán. Foto: La República.

Jueza Álvarez a Castañeda Lossio: “Está de más esa sonrisa en tono de burla”

La magistrada María Álvarez Camacho, titular del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria, llamó la atención al exburgomaestre de Lima Luis Castañeda Lossio por hacer gestos, como sonrisas, mientras la fiscal Milagros Salazar, integrante del Equipo Lava Jato, presentaba los argumentos de requerimiento de prisión preventiva.

“Al investigado, por favor, la representante del Ministerio Público está cumpliendo con sustentar su tesis, debatiendo los argumentos que ha relatado su abogado. Creo que está de más las gesticulaciones como [esa] sonrisa o de repente hasta en tono de burla. Por favor, que no se vuelva a reiterar”, intervino la jueza.

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