Metropolitano inaugurará 14 nuevas estaciones
Política

Junta Nacional de Justicia: así se definirá a su presidente

Comisión Especial dio a conocer la relación de los miembros del comité que seleccionará, evaluará y sancionará a los próximos jueces y fiscales.

JNJ
JNJ

Tras conocerse, el último lunes, a los nuevos integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), seguidamente corresponde el juramento de sus miembros el próximo 6 de enero, así como la selección de su presidente.

En efecto, según la Ley Orgánica de la JNJ, el presidente es el representante legal de la institución y ejerce la titularidad del mismo por un año. Asimismo, en la normativa se indica que éste no puede ser reelecto.

“El presidente es el representante legal de la Junta Nacional de Justicia y ejerce la titularidad del mismo. Es elegido por el pleno de la Junta de entre sus miembros, por votación pública, el mismo día de la instalación de la Junta Nacional de Justicia”, indica la resolución publicada en las normas del Diario Oficial El Peruano.

Por otro lado, la norma precisa que la elección del presidente legal estará a cargo de los integrantes del pleno por medio de una votación pública, el mismo día de la instalación de la Junta Nacional de Justicia.

En esa misma línea, de acuerdo a la resolución, por igual periodo (un año) será elegido un vicepresidente, quien sustituirá al presidente de la JNJ en caso de ausencia u otro impedimento, y asumir la presidencia en caso de vacancia (Artículo 41) hasta completar el período.

Cabe precisar que aquel vicepresidente que haya aceptado la presidencia por vacancia del presidente de la Junta, puede postular a la siguiente elección como presidente siempre que no haya ejercido tal cargo antes de la elección.

Funciones del presidente

Por otra parte, la normativa indica que entre las funciones del presidente de la Junta Nacional de Justicia están las de convocar y presidir reuniones, así como de ejecutar los acuerdos, votar, y, asimismo, dirimir en caso de empate. Además, este funcionario debe extender las resoluciones de nombramiento, suscribir reglamentos internos y resoluciones.

Otra de sus ejercicios es el de firmar el título que acredita a los jueces y fiscales de todos los niveles, así como tomar el juramento o promesas de honor de estos funcionarios. De igual modo, debe declarar la vacancia de conformidad (establecido en el Artículo 18) y en caso de encontrarse un emparejamiento, dirimir el sentido de la votación.

Motivos de cese

El precepto, firmado por el presidente de la República, Martín Vizcarra, indica que residente de la JNJ cesará en el cargo cuando termine su mandato de periodo de un año, o por renuncia.

Estos preceptos ratifican el Artículo 1 dela normativa donde dice que: “La Junta Nacional de Justicia es un organismo constitucionalmente autónomo e independiente y se encuentra sometido a la Constitución, a su ley orgánica y a las demás leyes sobre la materia”.

Los 14 miembros

Entre los siete integrantes titulares de la nueva Junta Nacional de Justicia figuran el exministro de Justicia Aldo Vásquez; el exviceministro Henry José Ávila Herrera; la exjueza Luz Inés Tello; la exministra de Justicia María Zavala; el excongresista Marco Tulio Falconí; la exfiscal Imelda Tumialán y el abogado Antonio Humberto de la Haza.

Asimismo, Guillermo Thornberry, Abraham Siles, Mónica Roselle, Jaime Pedro de la Puente, María del Pilar Dolores, Jorge Bayardo Calderón Castillo y Jacinto Julio Rodríguez, son los siete suplentes los cuáles ejercerán las funciones de la JNJ en caso falte alguno de los titulares.

En Política LR, contamos con un equipo de periodistas especializados que se encargan de redactar y elaborar los artículos bajo nuestra firma. Además, disponemos de un grupo de editores dedicados a revisar meticulosamente cada publicación para garantizar que cumplan con nuestra línea editorial y sean de relevancia para nuestros lectores.