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Política

Una mira alta

Resolución del TC sobre el conflicto de competencia cautela las elecciones del 26 de enero.

Editorial
Editorial

El Tribunal Constitucional (TC) ha publicado los fundamentos de su resolución que admite la demanda de competencia del presidente de la Comisión Permanente contra la disolución del Congreso por el presidente de la República.

Al hacerlo, ha señalado con claridad que la sentencia final que expida no incidirá en el calendario electoral y su fecha final, las elecciones del 26 de enero. Es más, el TC ha decidido en esta resolución cautelar la seguridad jurídica del proceso electoral en curso. De ese modo, se cumplen las previsiones respecto a que su decisión tendrá como objeto reglas y razones que operarán a futuro.

El TC también se ha dado tiempo para calmar el temperamento activista de la Comisión Permanente. Ha señalado que las funciones de este organismo se limitan a lo dispuesto en el artículo 135º de la Constitución, de manera que no puede llevar adelante actividades más allá de sesionar para asuntos administrativos del Congreso y examinar los decretos de urgencia del Ejecutivo para poner al corriente de ello al nuevo Congreso. Adiós a la pretensión de citar a ministros para que expliquen los decretos de urgencia o reactivar la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para proteger a algunos aliados en problemas.

La visión futurista del TC dista mucho de la pretensión leguleya y simplista de la exmayoría parlamentaria, que reclamaba del TC una decisión automática de reabrir el Congreso para que se vuelvan a sentar en sus escaños los 130 legisladores. Pretendían, al mismo tiempo, que un órgano del nivel del TC, político y jurídico al mismo tiempo, realizara una interpretación básica de la Constitución acogiendo argumentos surrealistas para paralizar el proceso electoral.

El registro del TC es distinto, con miras más altas y mayor alcance. El órgano máximo de interpretación de la Constitución cree que es necesario aprovechar este episodio para fortalecer las instituciones democráticas y delimitar los alcances de las atribuciones del Congreso de la República y del Poder Ejecutivo, elevándose por encima de la pelea menuda y cotidiana.

Es probable que este razonamiento que apunta a unir nuestro país y renovar su democracia no lo entiendan los partidos que dominaron el Congreso disuelto y sus especialistas que justificaron el encono entre poderes premunidos de un manual jurídico positivista y elemental. Entre ellos se cuentan algunos constitucionalistas cuyo desempeño luce descompuesto y penoso los últimos años. La resolución del TC implica para ellos una enésima derrota.