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Política

Mercedes Aráoz: ¿Procede la denuncia por usurpación de funciones en su contra?

Nombrada por el disuelto Congreso, Mercedes Aráoz juró ante Pedro Olaechea como “presidenta interina” del Perú, lo cual configuraría la comisión del delito de usurpación de funciones, según los excongresistas Marco Arana y Justiniano Apaza.

Mercedes Aráoz
Mercedes Aráoz

Por: Jalbi Romero Mayuri

Luego de que el presidente de la República, Martín Vizcarra, anunciara la disolución del Congreso, la mayoría de Fuerza Popular y sus aliados, junto a los exmiembros de la Mesa Directiva, en rebeldía, se resistieron a aceptar la determinación del mandatario y promovieron una suspensión temporal exprés en su contra, nombrando luego a la vicepresidenta Mercedes Aráoz como “presidenta interina”.

Tanto el nombramiento, hecho por el expresidente del Congreso, Pedro Olaechea, y el juramento de Aráoz, fueron cuestionados este martes por los exparlamentarios del Frente Amplio Marco Arana y Justiniano Apaza, quienes interpusieron la denuncia en su contra en el Ministerio Público por el delito de usurpación de funciones, que contempla penas privativas de la libertad de entre 4 y 7 años.

En efecto, de acuerdo al Código Penal, en el artículo 361 se indica la existencia del delito de usurpación de función pública, que condena “a las personas que, sin título o nombramiento, usurpan una función pública”, es decir, “que ejercen funciones correspondientes a un cargo público diferente del que tienen”, explicó la abogada penalista Rommy Chang consultada por La República.

"Bajo la lógica de estos congresistas —Arana y Apaza—, se entiende que la señora Aráoz no debió haber juramentado como presidenta ni tampoco el ex presidente del Congreso debió haberla hecho juramentar. Porque al haber estado el Congreso disuelto, se entendía que ya no correspondía una juramentación y que ella no es presidenta de la República. Entonces, al haber aceptado el cargo, estaría realizando funciones que no le corresponden”, sostuvo la abogada.

Otra interpretación

Sin embargo, la abogada resaltó que la interpretación de los exparlamentarios del Frente Amplio no es la única, pues está también "la que sostiene el expresidente del Congreso, que es que el que está mal es el presidente Vizcarra, que este ya no es presidente y que la presidenta es la señora Aráoz”.

“De lo que ha pasado, del pronunciamiento del las Fuerzas Armadas y más que nada por lo que dice también la población, aparentemente la tendencia es a favor de Vizcarra”, señaló la abogada. No obstante, recordó también que la Organización de Estados Americanos (OEA) se pronunció sobre la disolución del Congreso y llamó al Tribunal Constitucional “a resolver esta polémica, o sea, el tema de quién es el presidente”.

"Es una muestra de que, de hecho, el asunto no está tan claro. Entonces, decir que hay usurpación de funciones a estas alturas del partido, yo creo que sería muy prematuro, tanto así que un órgano internacional está diciendo que alguien tiene que resolver el problema”, señaló Chang a la República.

Comunicado de la OEA emitido por el secretario general Luis Almagro. Foto: Twitter Luis Almagro.

Comunicado de la OEA emitido por el secretario general Luis Almagro. Foto: Twitter Luis Almagro.

TC no se puede pronunciar

No obstante la explicación de la abogada, orientada sobre todo al aspecto penal de la usurpación de funciones, en el plano constitucional, el ex defensor del Pueblo y abogado constitucionalista Walter Albán, sostuvo que, contrario a lo que manifestó la OEA, el Tribunal Constitucional no se puede pronunciar sobre la disolución del Congreso pues el órgano colegiado no actúa de oficio.

“El Tribunal Constitucional solo puede actuar a pedido de parte. No tiene posibilidad de actuar de oficio. Y en esto, entonces, tendría que desarrollarse un largo proceso para que esto se pueda examinar. Pero yo creo que, para eso momento, ya probablemente tendremos un nuevo congreso", señaló Albán a La República.

Es decir, que el Congreso tendría que solicitar una demanda de competencias al TC para que revise la disolución del Parlamento. Sin embargo, “ya está disuelto”, señaló Albán.

“El Congreso no existe. Ya no la puede plantear [la demanda de competencias]. Y el Tribunal Constitucional no puede hacerlo de oficio. Así que creo que, conforme ya se va viendo todo más claro, definitivamente el presidente tomó una decisión respaldada por la gran mayoría del país y por todas las instituciones que son las que hacen funcionar el aparato estatal. De manera que quienes quieran todavía patalear y seguir diciendo que esta no es una situación constitucional, se equivocan profundamente, pero ya no pueden hacer ningún daño", explicó el también ex ministro del Interior.

Asimismo, Albán añadió que había que “utilizar un poco el sentido común” en el tema de la disolución del Congreso "Que algunos quieran seguir interpretando que esto no vale, que es inconstitucional, etc., en los hechos no es así y no había nada en la Constitución que impidiera que el presidente pudiera tomar esta decisión. El presidente lo ha hecho en el marco constitucional, y tan es así que en el decreto supremo que apareció publicado ayer, pone fecha para la elección de un nuevo Congreso”, explicó el también ex ministro del Interior.

De los sustentos de ambos letrados se desprende que la Fiscalía de la Nación podría recibir y darle trámite a la denuncia planteada por los legisladores del Frente Amplio contra Mercedes Aráoz y Pedro Olaechea por usurpación de funciones, ya que, según Walter Albán, no existe otro escenario que el del Congreso disuelto.

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