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Política

Proyecto de Arimborgo y Salazar cuestiona que las mujeres decidan sobre su cuerpo

Polémico. Iniciativa pretende reconocer al concebido como persona y hace referencia a una “corriente abortista”, a asesinatos y señala que las mujeres usan “una igualdad mal entendida”. Para especialistas, esto pone en riesgo la aplicación del aborto terapéutico.

larepublica.pe
Tamar Arimborgo

Por: Milagros Berríos

“El derecho peruano actualmente afronta el desafío de proteger al concebido como persona humana para superar los retos que la corriente abortista, que inunda el continente, pretende imponer”. Con este tipo de afirmaciones, las congresistas de Fuerza Popular, Tamar Arimborgo y Milagros Salazar, así como otros miembros de la mesa parlamentaria de mujeres peruanas, justifican el polémico Proyecto de Ley N° 4768/2019-CR, que pretende proteger al concebido y reconocerle la condición de persona humana.

Esta propuesta, presentada el 11 de setiembre, plantea modificar el Art. 1° del Código Civil y otorgarle al concebido derechos como el de protección a la vida, la identidad propia independiente de su madre gestante, o que sus padres puedan recibir una partida de defunción en caso fallezca.

Si bien abogados y organizaciones feministas advierten que esta iniciativa resulta inviable y vulnera los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, lo que llama la atención es que en su exposición de motivos ataca abiertamente al aborto en general y cuestiona el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo (ver resaltados adjuntos).

Así, en la página 7 del documento se lee: “Una aproximación antropológica reductiva frente al derecho ha pretendido la creación de ‘nuevos derechos’ en relación a la mujer, quien so pretexto de una ‘igualdad’ mal entendida, pretende poner a prueba el control sobre su propio cuerpo (...) se olvidan que no se trata del poder de decisión y disposición sobre su propio cuerpo, sino la de otro ser humano que se está formando en su vientre”. Y luego se añade: “Cuando se habla de ‘interrupción’ del embarazo, lo que se hace es maquillar el proceso de asesinato del niño no nacido (...) es un hecho totalmente irreversible”.

Para la abogada especialista en derechos de mujeres, Jeannette Llaja, estos argumentos resultan una clara manipulación de la información por parte de las autoras de esta iniciativa legislativa que, en el fondo, buscan limitar la aplicación del aborto.

“Una cosa es aborto y tiene una pena determinada y otra, muy distinta, el asesinato. Es un léxico absolutamente antitécnico de las congresistas y sus asesores. Por ejemplo, el asesinato es matar a alguien con ferocidad, crueldad, pero ya es una persona. En el caso del aborto se trata de un concebido. Además, tiene una excepción para aplicarse, el aborto terapéutico. Hay mucha distancia, una valoración distinta entre la vida del concebido y de la persona. El primero no es un ser autónomo”, refiere.

Y, efectivamente, el aborto terapéutico es un procedimiento despenalizado desde 1924 y se ejecuta cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave o permanente (físico o mental). Hace cinco años el Estado cuenta con una guía técnica que debía reforzar su aplicación para embarazos menores a 22 semanas; sin embargo, aún se denuncia su deficiente implementación, lo cual ha provocado la muerte, incluso, de niñas víctimas de violación.

Durante el 2018, de los 236 abortos terapéuticos aplicados, solo 21 fueron a menores entre 12 y 17 años. Este año al menos dos niñas murieron por no recibirlo.

Choque de derechos y riesgo para gestantes

“Lo que busca este proyecto es colocar los derechos de los concebidos como absolutos y ponerlos de igual a igual con el de la mujer gestante, lo cual va contra toda lógica de nuestro ordenamiento jurídico. Es inviable”, agrega Llaja, quien recuerda que ya el Código Civil peruano reconoce que “la persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento”.

Pese a ello, el último jueves, durante una conferencia en el Congreso, donde participaron miembros del colectivo Con Mis Hijos No Te Metas, la congresista Milagros Salazar, una de las autoras de la propuesta señaló: “Hay muchas teorías que quieren sesgar, que reconocen al ser humano cuando nace y eso no es así. Porque nosotros no somos algo que se pone, sino la unión del huevo cigoto y ahí empieza la vida…”, dijo la también enfermera.

Por su parte, Tamar Arimborgo, a través de un tuit, señaló que su proyecto defiende y protege “el primer derecho fundamental: el de la vida”.

Llaja aclara que, en el plano legal, un concebido es un “óvulo fecundado anidado”, un no nacido en proceso de desarrollo, el cual también cuenta con la protección del Estado e, incluso, derechos; sin embargo, estos no son absolutos. “Con el protocolo de aborto terapéutico se ha reafirmado que cuando se tiene la vida del concebido y frente a ello la salud de la mujer gestante, prima lo segundo. No es que los sujetos de derechos sean iguales. De lo contrario, se obligaría a la mujer a seguir con un embarazo, incluso, a costa de la salud y de su vida”.

A esto se suma la posición de Gladys Vía, vocera de Católicas por el Derecho a Decidir-Perú, quien señala que el proyecto de ley no tiene asidero legal, dado que la legislación ya protege al concebido acorde a su grado de desarrollo. “Hay una verdadera motivación, la cual busca declarar la ilegalidad de toda interrupción del embarazo, incluso el aborto terapéutico”.

Para María Ysabel Cedano, de Demus, lo que buscan es equiparar los derechos del concebido con los de la mujer y hasta colocarlos por encima. “Quieren darle al concebido la condición de titular de derechos, es decir, de persona, y eso está zanjado en el derecho internacional y los derechos humanos”.

La iniciativa también señala que si, ante situaciones de alto riesgo, un tratamiento pone en peligro la vida de la madre y del concebido, su aplicación podrá consultarse no solo a la mujer, sino al cónyuge o familia.

Además, propone derogar toda disposición que se oponga a esta ley. Incluso, al inicio de la exposición de motivos se lee: queda proscrita (expulsada) toda forma de intento de interrupción del embarazo del desarrollo intrauterino del concebido. No se nombra alguna excepción.

El polémico proyecto ya se encuentra en las comisiones de Justicia y Derecho Humanos; y en el de la de Mujer y Familia. Está pendiente su discusión.

Lo que dice la normativa nacional e internacional

- La Constitución Política del Perú dice que toda “persona humana” tiene derecho a la vida y sobre el concebido dice que es “sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”. El Código Civil señala: “La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento”.

- El artículo 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos dice que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida (...) y, en general, a partir del momento de la concepción”. Esto fue interpretado en el fallo del caso Artavia Murillo vs. Costa Rica de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (de carácter vinculante) y precisa que “la frase ‘en general’ (...) supone tener las excepciones suficientes para que no se dejen desprotegidos otros derechos”, lo que ocurriría en situaciones de conflicto como embarazos inviables.

- Otros argumentos señalan que “el nacimiento con vida determina la existencia de la persona humana y el reconocimiento de su persona jurídica”.

Los controversiales argumentos

- Propuesta. Proyecto busca que el concebido tenga identidad propia y sus derechos serían equiparados a los de su madre gestante.

- Postura. Se habla de un “falso derecho” o potestad de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo.

- Procedimiento. Autoras de la iniciativa señalan que el derecho peruano afronta el desafío de superar retos de la corriente abortista.

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Proyecto de Arimborgo y Salazar cuestiona que las mujeres decidan sobre su cuerpo

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