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Política

Modelo minero

A propósito de la discusión de la nueva Ley General de Minería.

EDITORIAL
EDITORIAL

La posibilidad de una nueva Ley General de Minería anunciada por el presidente Martín Vizcarra, en medio del conflicto por el proyecto minero Tía María, ha generado resquemores respecto al riesgo de que en la discusión de la nueva norma se impongan finalmente los sectores contrarios a la actividad extractiva.

Toda eventualidad debe ser considerada siempre, aunque la posibilidad de debatir un nuevo marco normativo debería ser considerada como una oportunidad para realizar ajustes al actual modelo de explotación minera, para fortalecer la inversión privada, el rol societario de las comunidades, la capacidad arbitral y reguladora del Estado frente a los conflictos y el cuidado del ambiente. En síntesis, es el desafío de una actividad minera que, además de su compromiso impositivo, tenga un mayor compromiso con el desarrollo, el bienestar y los derechos de las comunidades aplicados en su territorio.

Es injusto sostener en términos planos que en el Perú no existe una “nueva” minería. En una apreciación objetiva, buena parte de los proyectos mineros son objeto de innovación, y el relacionamiento de las empresas con las comunidades y su entorno ha mejorado con base en mejores prácticas de responsabilidad social. De hecho, la Defensoría del Pueblo ha registrado 98 conflictos debido a la actividad minera e hidrocarburífera, una cifra menor en comparación con el número de proyectos desplegados en todo el país.

En la lista de alternativas se encuentran aspectos cruciales como el cambio en la modalidad de concesión de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), el pago de las compensaciones y su distribución, el beneficio directo para las comunidades y la solución de controversias basadas en un Estado amigable con todas las partes.

Siendo todo ello necesario, sería conveniente abordar el problema de la propiedad y de la posesión de los emprendimientos como elementos de una gestión empresarial con participación societaria de las comunidades con diversas fórmulas. En Canadá, por ejemplo, sean o no las comunidades propietarias del subsuelo, se establece una negociación de estas con la empresa privada en un contexto de triple beneficio, incluyendo al Estado, superando la visión estrictamente compensatoria, que está en crisis en el Perú.

En cualquier caso, sea con las alternativas listadas o con las fórmulas de participación societaria, debe de discutirse con seriedad la adopción de un modelo, probablemente plural, y muy distante del rentismo, es decir, que se sustente solo en el volumen de impuestos que paga la minería, a cambio de otro colaborativo e inclusivo.