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¿Una tumba para el culto?

“Se busca evitar que los lugares de entierro se conviertan en espacios de culto o veneración”.

Tras el fallecimiento de Abimael Guzmán, cabecilla de la organización criminal Sendero Luminoso, responsable de la muerte de tantos compatriotas, además del rechazo al terrorismo y la reflexión sobre qué hacer para que este accionar delictivo no se repita, ha surgido la pregunta de qué hacer con sus restos.

El Gobierno señaló que es responsabilidad del Ministerio Público. Este ha indicado que los restos deben ser entregados a los familiares. Es la regla cuando fallece una persona detenida. Pero ¿hay excepciones cuando se trata de líderes de organizaciones criminales? No hay una norma que exceptúe el fallecimiento de cabecillas terroristas, por lo que resulta necesario ponderar los derechos o intereses en juego, mirando también lo ocurrido en otros países y los estándares internacionales, sin desconocer nuestra realidad.

Han surgido propuestas. Reiterar que se entregue el cadáver a la familia y, solo si nadie lo reclama, dejar la decisión al Estado (Carlos Caro). Plantear que la decisión quede en el Gobierno, que regule por decreto supremo, por la amenaza para la seguridad interna que supone la entrega a los familiares (Luciano López). Reconocer la regla de entrega a los familiares, pero buscar un equilibrio, y dejar la decisión a un juez, que defina si la cónyuge puede adoptar esta decisión, ante la necesidad de evitar el uso a favor de la organización criminal (César Azabache). Disponer del cadáver para su cremación con cenizas en el mar, por decisión del Ministerio Público (como ha propuesto el ministro de Justicia).

¿Por qué evitar una tumba o un entierro? Por lo mismo que no hay destino conocido de los restos de Bin Laden o de los de Hitler. Se busca evitar que los lugares de entierro se conviertan en espacios de culto o veneración. Esta necesidad es más clara cuando el fallecido ha sido el enemigo de un país, al pretender legitimar la violencia, y ha afectado más a quienes decía defender (2).

¿La cónyuge detenida con cadena perpetua puede reclamar los restos? ¿Puede delegar esta entrega en un tercero? Es poco probable que se acepte la entrega a terceros, sobre todo cuando la cónyuge, como único familiar cercano con quien aún mantenía contacto, no podría participar de los actos fúnebres. Entonces, la decisión volvería al Ministerio Público.

En ese escenario, lo que debe evitarse a toda costa es que cualquier decisión permita la exaltación del personaje o de la ideología violenta. Respaldar o justificar a organizaciones terroristas es delito de apología al terrorismo, como advertía el Ministerio de Justicia. El Tribunal Constitucional, al decidir sobre la constitucionalidad de la ley que sustentó la demolición del “mausoleo terrorista”, nos recordó la importancia de la “democracia militante”, es decir, que una democracia se debe defender a sí misma para no ser desaparecida por autoritarismos, violencia y violaciones a derechos humanos. En ese sentido, fue enfático en señalar que se debe evitar “que las expresiones de luto o conmemoración se conviertan en eventos de apología delictiva”. También que es legítimo restringir actividades políticas vinculadas con ideologías de “comprobada letalidad” o que generen un riesgo para la democracia o los derechos fundamentales (STC Exp. Nº 0002-2019-PI/TC, FJ 150). En otras palabras, pensando en este caso, no está permitido que entierros, tumbas o “mausoleos” puedan promover o enaltecer al terrorismo.

El Estado de derecho permitió juzgar y condenar al criminal; en su marco, se debería disponer de sus restos sin enaltecerlo, ni a él ni al terrorismo.

1. Esta columna marca la primera que escribiré para La República. Agradezco al medio permitirme contar con este espacio cada dos semanas.

2. Según las conclusiones generales del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, más del 40% de los muertos y desaparecidos reportados se concentraban en Ayacucho, el 79% de víctimas vivía en zonas rurales, el 56% se dedicaba a actividades agropecuarias y el 75% tenía el quechua u otras lenguas nativas como idioma materno.

abimael

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