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Poder absoluto y soberanía popular

“Para convocar a referéndum constitucional se requieren previamente 66 votos del Congreso, de acuerdo con el artículo 206 de la actual Constitución”.

Por: Daniel Parodi (*)

Recién se ha abierto paso la iniciativa de reunir cinco millones de firmas para impedir, vía referéndum, la convocatoria a una Asamblea Constituyente que tendría “el poder absoluto” de tomar decisiones sobre el destino del país.

Es preocupante tanto desconocimiento. Una Asamblea Constituyente es la expresión genuina de la soberanía popular, es la democracia en su quinta esencia. En ella, los miembros delegados establecen el contrato social bajo el cual se organizarán el Estado y la sociedad.

El poder absoluto es todo lo contrario. Remite al absolutismo monárquico, que rigió los destinos de Europa hasta el siglo XIX y que fue suplantado precisamente por el liberalismo político, la república democrática y la monarquía constitucional. A los regímenes de poder absoluto se los llamaba así porque concentraban todo el poder en una sola persona: el rey. De allí que no contasen siquiera con una Constitución Política, pues el monarca era la fuente del derecho.

Es discutible si estos tiempos son adecuados para una Asamblea Constituyente, pero no olvidemos que para convocar a referéndum constitucional se requieren previamente 66 votos del Congreso, de acuerdo con el artículo 206 de la actual Constitución.

En todo caso, es evidente que estamos en tiempos de cambios. En el plano político, la figura de la vacancia presidencial por incapacidad moral se ha convertido en una espada de Damocles que cualquier mayoría se apropia para salir de un presidente contrario a sus intereses. Al mismo tiempo, la vuelta a la bicameralidad requiere de un concienzudo debate nacional. En el plano económico, la permisibilidad constitucional con monopolios y oligopolios, y el desmedido lucro en el rubro de la educación son de inaplazable abordaje.

Por ello, en las actuales circunstancias lo más sensato es esperar la proclamación de Pedro Castillo como presidente del Perú para conocer con mayor certeza sus propuestas de gobierno. Tras ello podremos iniciar un debate constitucional más cierto y menos subjetivo.

(*)Historiador.

La República

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