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El marco legal de las vacunas

Se debe acreditar fehacientemente el uso de vacunas para investigación, señala la ley.

Luego de haberse descubierto que el programa de la Universidad Cayetano Heredia abrió el proceso de vacunación a más de 400 personas de diferentes ámbitos de la actividad pública y privada, algunos de los señalados han tratado de rebajar su responsabilidad señalando que formaban parte de equipos de investigación o eran consultores del programa o simplemente invitados.

Así como el programa de voluntarios que se prestaron a los ensayos de la vacuna Sinopharm y que suman 12 mil personas, tiene un registro y total control de los vacunados; en el caso de los favorecidos con la aplicación de los “excedentes” de los productos de investigación, también existen normas que se han vulnerado. La primera de ellas, el decreto supremo 021-2017.

El decreto supremo aprueba el reglamento de ensayos clínicos expedido por Minsa cuando la ministra era Patricia García, y el viceministro Luis Suárez era jefe del poderoso INS. Cabe anotar que ambos funcionarios se vacunaron en el episodio que ahora conocemos como vacunagate.

El decreto señala que el uso de los productos de investigación está restringido exclusivamente a los sujetos de investigación y no es aplicable a los equipos de investigación, consultores, invitados, etc. Y si existiera un excedente, el uso solo se admite después de concluido el ensayo, habiéndose probado el beneficio, con un registro sanitario de por medio. Y lo más importante, solo es para los sujetos de la investigación.

Dicho esto, hay que señalar que la vacuna que fue distribuida de manera tan irregular forma parte de un conjunto de donaciones que por sus características responden a regulaciones que deben ser de estricto cumplimiento. Un funcionario público que administra las donaciones conoce estas responsabilidades y sabe que su incumplimiento produce una sanción que va desde los procesos administrativos hasta las sanciones penales. Todo está regulado por el DS 096 del 2007 emitido por la PCM.

Ahora quienes quieran responder con simplezas ante un señalamiento de tal envergadura, tendrán que pensar bien y decir claramente por qué fueron vacunados en medio del secretismo y como un premio a una labor de consultoría o investigación que no es considerada por la ley. Las normas son claras.