Metropolitano inaugurará 14 nuevas estaciones
Mundo

Congreso chileno aprueba ley que autoriza anteponer el apellido materno

Los progenitores podrán elegir el orden de los apellidos. Si no hay acuerdo, se mantendrá el apellido paterno como primero.

El orden que elijan los padres por primera vez debe ser usado para todos los hijos. Foto: ATON
El orden que elijan los padres por primera vez debe ser usado para todos los hijos. Foto: ATON

El Congreso de Chile aprobó este jueves 29 de abril el proyecto de ley que permite que los padres elijan el orden de los apellidos de sus hijos al inscribirlos. La Cámara de Diputadas y Diputados informó la noticia a través de su cuenta oficial de Twitter precisando que ahora las madres podrán anteponer sus apellidos al de sus esposos si así lo acuerdan.

“Cámara despacha el proyecto que permite que el apellido de la madre anteceda al del padre. Padre y madre podrán elegir el orden de los apellidos al inscribir el nacimiento de sus hijas o hijos en común”, escribió.

Pablo Vidal, diputado impulsor de la normativa y actual candidato presidencial, celebró la buena nueva.

“Hasta ahora, obligatoriamente los hijos a la hora de ser inscritos en el Registro Civil llevan en primer lugar el apellido del padre y luego el de la madre, a menos que no exista reconocimiento por parte del padre (...) Esperamos que esta ley en el corto plazo genere un verdadero impacto cultural en materia de género en nuestro país, acabando con esta discriminación arbitraria contra las madres”, declaró Vidal para El Mostrador.

La normativa, aprobada anteriormente en el Senado, establece algunas condiciones. Una de ellas es que el orden que decidan los padres por primera vez debe ser la única utilizada para todos los hijos. También, si no hay un acuerdo al momento de la inscripción, se asumirá que el primer apellido será el del padre y luego le seguirá el de la madre.

En el caso de los mayores de edad, podrán cambiar el orden de sus apellidos solo una vez a través de un trámite administrativo. Incluso, la norma faculta a las personas a solicitar llevar el apellido de alguno de sus abuelos o abuelas.

No obstante, la ley excluye a toda persona investigada o condenada por delitos sexuales.

Los artículos bajo la firma Mundo LR son elaborados por nuestro equipo de periodistas especializados. Un grupo de editores se encarga de revisar minuciosamente estas publicaciones, por lo que se garantiza que cada uno de sus contenidos cumpla con nuestra línea editorial y resulte relevante para nuestros lectores.