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Proyecto que sanciona el acoso sexual en la educación superior avanza en Chile

La medida pretende prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y discriminación por razones de género en las instituciones superiores educativas del país.

La iniciativa contempla la reparación de las víctimas e inclusión de sanciones y prohibiciones para los agresores. Foto: Julián Pérez / EFE
La iniciativa contempla la reparación de las víctimas e inclusión de sanciones y prohibiciones para los agresores. Foto: Julián Pérez / EFE

La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó el proyecto de ley que sanciona el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la educación superior. Con la admisión de la iniciativa, corresponde al Senado debatir la medida que pretende que establecer ambientes seguros para todas las personas.

La propuesta parlamentaria indica que las entidades de educación superior deberán implementar planes, protocolos y reglamentos sobre violencia y discriminación de género. Para ello, deberán contemplar estrategias de comunicación que garanticen dichas medidas al interior de las instituciones educativas.

El protocolo de las entidades superiores deberá incluir:

  • Un diagnóstico al interior de la institución educativa
  • Un conjunto de medidas evaluables para prevenir los riesgos de acoso sexual y lograr espacios seguros.
  • Realizar campañas permanentes de sensibilización
  • Desarrollar capacitaciones y especialización constante
  • Incluir contenidos de derechos humanos, violencia y discriminación de género en los planes curriculares
  • Incorporar los protocolos y políticas sobre violencia y discriminación de género en los procesos de inducción institucional.

De igual manera, la ley señala que se deberán habilitar unidades responsables para la implementación de los protocolos y medidas de control y, de forma separada, áreas dedicadas a llevar a cabo procesos de investigación y sanción de los delitos.

Adicionalmente, se contempla la reparación de las víctimas e inclusión de sanciones y prohibiciones para los agresores como la suspensión, inhabilitación temporal y remoción para el ejercicio de ciertos cargos; la cesación de funciones; la imposibilidad de acceder a financiamientos extraordinarios; la pérdida de distinciones honoríficas; y la suspensión o pérdida definitiva de la condición de estudiante.

Esta norma alcanza a todas las personas que se relacionen en las comunidades académicas de educación superior, sin prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual.

El proyecto de ley reconoce el acoso sexual como “cualquier acción o conducta de naturaleza o connotación sexual, sea verbal, no verbal, física, presencial, virtual o telemática, no deseada por la persona que la recibe, que atente contra la dignidad, la igualdad de derechos, su libertad o integridad física, sexual, psíquica, emocional”.

Además, amplía el concepto de acoso a “la creación de un entorno intimidatorio, hostil o humillante, que pueda amenazar, perjudicar o incidir en sus oportunidades, condiciones materiales o rendimiento laboral o académico”.

Si la norma se llega a aprobar en el Senado chileno, las instituciones de educación superior tendrán un plazo máximo de un año, desde su publicación, para implementar lo contemplado en la iniciativa.

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