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Argentina legaliza el autocultivo de cannabis para uso medicinal

También se legalizó la venta de aceite de cannabis en farmacias y la investigación científica de la planta.

El cannabis podrá ser cultivado por los mismo pacientes, sus familiares o asociaciones. Foto: AFP
El cannabis podrá ser cultivado por los mismo pacientes, sus familiares o asociaciones. Foto: AFP

Argentina legalizó este jueves 12 de noviembre el uso medicinal del cannabis en la nación. A través del Boletín Oficial, el Gobierno anunció la reglamentación de esta facultad mediante ley, la cual permite el autocultivo, la investigación científica y la venta del aceite de cannabis en farmacias.

Dicha ley precisa que para cultivar cannabis se debe solicitar antes la autorización del Gobierno y contar con indicación médica. Para ello, deben estar registrados en el programa de cannabis (Reprocann). Además, la plantación la puede realizar el mismo paciente, sus familiares o asociaciones.

“Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el cannabis como herramienta terapéutica”, dice la reglamentación.

El producto derivado del cannabis se podrá adquirir en el territorio o también ser importado. Y aquellos que no posean cobertura de salud y obra social tendrán derecho a acceder gratuitamente al cannabis a través de la producción pública.

El Estado, por su parte, “brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos”, aclara el texto.

La legislación de autocultivo de cannabis en Argentina significa un gran paso para las organizaciones que impulsan su consumo. Hasta la fecha, solo la tenencia de semillas y plantas estaba penada sin importar si la persona que los cultivaba era paciente. Asimismo, la normativa anterior, de 2017, limitaba su uso solo para personas con patología de epilepsia refractaria.

El Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el responsable de regular “las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales”.

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