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Tribunal anula pena de cárcel a un hombre que retiró dinero de las cuentas de su suegra

El acusado llegó a retirar más de 300 mil euros y disfrutaba del dinero con su actual pareja. Ahora, deberá pagar una indemnización a la heredera de su suegra.

El acusado llegó a retirar más de 300 mil euros y disfrutaba del dinero con su actual pareja. Ahora, deberá pagar una indemnización a la heredera de su suegra.
El acusado llegó a retirar más de 300 mil euros y disfrutaba del dinero con su actual pareja. Ahora, deberá pagar una indemnización a la heredera de su suegra.

Robar a un familiar de primer grado no implica pena de cárcel, así lo determinó el Tribunal Supremo de España al haber anulado una condena de prisión a un hombre que había hecho uso del dinero de su suegra durante un poco más de tres años, alegando que el parentesco con la víctima y la convivencia con ella lo exime de responsabilidad.

Según el artículo 268 del Código Penal de España, se exime de responsabilidad penal a los cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos ya sea por naturaleza o adopción, así como a los afines en primer grado en el que caso que vivan juntos, como es el caso del acusado, por los delitos patrimoniales que se cometan entre sí, siempre y cuando no haya violencia, intimidación o abuso.

Esto fue lo que salvó al sujeto que había sido condenado en primera instancia a 3 años y 8 meses de prisión por aprovecharse del poder que le firmó su suegra para administrar sus bienes, retirando poco a poco grandes cantidades de dinero de la cuenta de la mujer hoy fallecida.

El acusado vivía solo con su suegra desde que murió su esposa en el 2011. Fue en ese momento cuando la víctima le otorgó un derecho para que sea él quien administre sus bienes, debido a su avanzada edad y la relación de convivencia de muchos años.

Aprovechó este poder y comenzó a retirar dinero de sus cuentas. Primero 105 500 euros durante el 2011, y continuó año tras año. En 2012 extrajo 98 000 euros y en 2013 la cantidad de 101 000. En total, logró retirar 304 500 euros, y entre las transacciones que hizo figuran varios depósitos a la cuenta de su actual pareja, y otro poco a la de su fallecida mujer, y a la que él tenía acceso.

Con otra parte del dinero se compró una finca en Villanueva de la Vera, en la provincia española de Cáceres y en 2011 ordenó una transferencia a la Federación rusa por 1 500 euros.

Tras estos hechos había sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a 3 años y 8 meses de cárcel al ser acusado del delito de apropiación indebida agravada, con abuso de relaciones personales.

Si bien el Tribunal Supremo lo eximió de cárcel, no pasa lo mismo con la responsabilidad civil, es decir, debe pagar una indemnización de 34 020 euros a la sobrina de su suegra, quien es la heredera tras su fallecimiento.

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