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Elecciones

Últimas apelaciones del fujimorismo no anularían proclamación de Pedro Castillo

Expertos coinciden en que transferencia de mando debería darse sin problemas, a pesar de que actas de los JEE todavía pueden ser apeladas hasta este viernes.

El martes 13 de julio, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) comunicó que los últimos 19 de los 60 jurados electorales especiales (JEE) cumplieron con proclamar los resultados finales de la segunda vuelta electoral.

Culminado el cierre de proclamación de los JEE, solo queda esperar que el máximo ente electoral pueda proclamar a Pedro Castillo, de Perú Libre, como el ganador de los comicios realizados el pasado 6 de junio, según los resultados oficiales de la ONPE.

A pesar de las arremetidas judiciales y los intentos de dilatar el proceso por parte de Fuerza Popular, el JNE ya estimó que el acta de proclamación estaría lista la próxima semana para que Castillo pueda recibir las credenciales y empezar la transferencia de mando.

Sin embargo, la organización liderada por Keiko Fujimori aún puede presentar apelaciones en un plazo de tres días de haber culminado la proclamación de actas.

De acuerdo a José Manuel Villalobos, director del Instituto Peruano de Derecho Electoral, el fujimorismo tendría hasta este viernes 16 de julio a las 8.00 p. m. para presentar sus últimas apelaciones, que serían “únicamente por cuestiones numéricas”.

“Hasta que no venza el plazo, las actas de proclamación son susceptibles de apelación. Después de que venza el plazo se declaran consentidas y a partir de allí ya se puede proclamar en total”, declaró a La República.

Es así que, de interponerse las apelaciones, será el Pleno del JNE el que resolverá en última y definitiva instancia. Pero ¿a qué se refiere los motivos de apelación por cuestiones numéricas?

Según el artículo 5 de la resolución 086-2018 incluida en el artículo 364 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), solo se puede declarar la nulidad en un distrito y en una provincia “si es que los votos nulos o blancos sumados o separadamente superan en dos tercios los votos válidos”.

Es decir, sí se puede apelar un acta de proclamación de los jurados electorales especiales, pero solo en casos excepcionales. La norma establece que las actas de proclamaciones descentralizadas pueden ser apeladas hasta en tres días hábiles.

“Quedan pocas actas (para apelar). A más tardar, el JNE debe estar proclamando al ganador de la segunda vuelta al finalizar la otra semana, pero siempre antes del 28″, agregó.

Si no se emite ningún recurso de apelación, el JNE estaría libre para proclamar los resultados generales, con la suscripción del acta respectiva y la entrega de credenciales a los candidatos electos a la presidencia y vicepresidencias para el período 2021-2026.

“Si no han apelado, el fin de semana declaran consentido y el martes (20 de julio) ya podrían proclamar. Si apelan el viernes, que es el último día, el JNE tiene tres días siguientes para resolver”, explicó Villalobos.

Proclamación tomaría unos días más si fujimorismo presente quejas

Foto: La República

Foto: La República

Por otro lado, José Tello, experto en derecho electoral, dijo a esta medio que el Jurado Electoral Especial puede declarar “improcedente de plano” las últimas apelaciones que presentaría el fujimorismo si estas no se ajustan al artículo 364 de la Ley Orgánica de Elecciones.

“Si no hay esa causal, no hay manera alguna de que puedan declarar la nulidad y el acta de proclamación de resultados (….). Si el JNE declara improcedente, esta vez es inapelable”, acotó.

Asimismo, señaló que en caso Fuerza Popular presente alguna queja, el JNE tendría que resolver en los tres días de plazo y no en uno solo, ya que daría motivo a los abogados de Keiko Fujimori a “cuestionar el hecho de que el JNE no haya necesitado de los tres días para resolver”.

No obstante, estas acciones que tomaría Fujimori no anularían la proclamación de Pedro Castillo. Para Tello, esto solo tomaría unos días más al JNE, anunciando la proclamación entre el 22 y 23 de julio.

“Es importante que no se cometan torpezas procesales, hay que tener cuidado para no seguir demorando esto”, exclamó.

Cabe mencionar que el número de actas apeladas depende de lo que Fuerza Popular determine, ya que, según el analista, basta con que sean uno o dos para activar el plazo.

“Para que el plazo se dé por cumplido, deben agotar todo. Da igual si es un acta o 200. Si hay por medio quejas, puede retrasarse un poco (la proclamación). Eso sí, será antes del 28 de julio″, añadió.

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