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Elecciones

Expertos precisan que medidas cautelares no pueden bloquear proceso

Omar Cairo y Ana María Vidal precisaron que ninguna resolución del Poder Judicial puede suspender el calendario electoral.

Abogada Ana Vidal destaca que ya hay pronunciamiento del TC. Mientras que Cairo subraya que un juez puede ser destituido si resuelve a favor de medidas. Foto: composición La República
Abogada Ana Vidal destaca que ya hay pronunciamiento del TC. Mientras que Cairo subraya que un juez puede ser destituido si resuelve a favor de medidas. Foto: composición La República

En vísperas de la proclamación final de los resultados electorales, los abogados Víctor Manuel Otoya Petit y Mónica Yaya tramitaron acciones constitucionales contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), con el fin de intentar bloquear este proceso con una orden judicial. Los especialistas Omar Cairo y Ana María Vidal precisaron, sin embargo, que ninguna resolución del Poder Judicial puede suspender el calendario electoral.

El abogado Víctor Manuel Otoya Petit presentó tres acciones de amparo. Los tres escritos incluyen medidas cautelares, con el propósito de paralizar la proclamación de los resultados.

Los documentos fueron ingresados el lunes 12 de julio. El abogado pide que “se declare la nulidad de actuados fraudulentos (SIC) de los órganos electorales y, consecuentemente, del proceso electoral”, según se desprende de la medida cautelar presentada ante el Quinto Juzgado Constitucional de Lima.

Los textos son similares en las otras dos medidas que se encuentran en el sexto y undécimo juzgados constitucionales.

Con estos escritos, Otoya Petit pretende que el Poder Judicial saque una resolución esta semana para paralizar el proceso de proclamación.

La medida cautelar presentada ante el Quinto Juzgado Constitucional consta de 24 páginas. Sin embargo, en ningún extremo aporta alguna prueba sobre los supuestos actos fraudulentos.

El abogado solo repite el caso de las supuestas firmas falsas, algo que ya fue desestimado, además de adjuntar simples copias de otras publicaciones.

El autor de la medida cautelar pide al Poder Judicial la emisión de una resolución dentro del plazo de cinco días. Y cita como referencia a la jueza Soledad Blácido, quien la semana pasada admitió una medida cautelar, ordenando al Congreso suspender el proceso de elección para el Tribunal Constitucional (TC).

Las medidas cautelares presentadas se encuentran en los despachos de los jueces constitucionales Ricardo Espino Vigil (quinto), Rocío Rabines Briceño (sexto) y Jorge Niño de Guzmán (undécimo).

Según verificación efectuada en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE, el abogado Otoya Petit actualmente milita en el partido Avanza País. Anteriormente militó en las filas del Apra.

Por su parte, la abogada Mónica Yaya tramitó una acción de amparo contra el JNE con el mismo propósito. En su caso, reclama porque la autoridad electoral no atendió su pedido de declarar nula la inscripción de la plancha presidencial conformada por Pedro Castillo y Dina Boluarte. Es decir, busca retroceder respecto de un hecho ya cerrado incluso antes de la primera vuelta.

No hay razón

La abogada Ana María Vidal recordó que existe una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece claramente que “en ningún caso la interposición de una demanda de amparo contra el JNE suspende el calendario electoral, el cual sigue su curso inexorable”.

El constitucionalista Omar Cairo precisó que si un juez resuelve a favor de una medida cautelar, el JNE puede declararlo inejecutable. “Un juez de amparo no puede realizar ningún acto que paralice el calendario electoral”, subraya.

Precisa además que si se produce este hecho, la Junta Nacional de Justicia tendría que iniciar un proceso para la destitución de este juez por la comisión de una falta grave.

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Periodista. En la actualidad labora como redactor en el área de Política del Diario La República.