Elecciones

Las vías que le quedan a Martín Vizcarra para asumir funciones como congresista

El exmandatario fue inhabilitado por 10 años de la función pública y la acción de amparo que presentó fue declarada improcedente. ¿Qué puede hacer ahora para revertir su situación?

Vizcarra se perdería las elecciones presidenciales, regionales, congresales y municipales mientras esté inhabilitado. Solo podrá postular nuevamente a partir de abril de 2031. Foto: composición
Vizcarra se perdería las elecciones presidenciales, regionales, congresales y municipales mientras esté inhabilitado. Solo podrá postular nuevamente a partir de abril de 2031. Foto: composición

El último 16 de abril, el Congreso de la República inhabilitó de la función pública al expresidente Martín Vizcarra por 10 años, debido a su inmunización irregular con las dosis de Sinopharm (caso Vacunagate).

La norma impedía a Vizcarra asumir funciones como virtual legislador; sin embargo, el exmandatario se mostró confiado en revertir su situación con las medidas que tomaría junto a su abogado, Fernando Ugaz, en contra de la decisión del Parlamento.

“Tengo plena confianza de que las medidas de amparo, la medida cautelar que hemos presentado ante las instancias correspondientes, va a revertir la decisión de este Congreso, pero, imagínense, ¡qué tal Congreso que tenemos!”, aseveró durante una transmisión en vivo desde sus redes sociales.

No obstante, el Poder Judicial declaró improcedente la acción de amparo que presentó contra dicha norma. Su defensa dio a conocer la decisión de la jueza Rocío del Pilar Rabines y manifestó que apelará y la denunciarán.

“La jueza constitucional, Rocío del Pilar Rabines Briceño, luego de meses de espera, declaró improcedente la acción de amparo del (ex)presidente Martin Vizcarra, porque según su despacho ‘hay que esperar que Martín Vizcarra sea Inhabilitado’. Denunciaremos a la juez y apelaremos”, escribió en su cuenta de Twitter.

fernando ugaz

fernando ugaz difusion

¿Qué dice la resolución del PJ?

En la resolución con fecha 7 de mayo a la que accedió La República se señala que Vizcarra demanda que no se respetó su debido proceso y pide a la nulidad de las decisiones parlamentarias; es decir, que se restituya todo antes de la supuesta violación de sus derechos.

Sin embargo, el Poder Judicial observó que el ex jefe de Estado efectúo sus descargos referente a los hechos que se le imputan y aceptó haberse inoculado, “pero contradice las infracciones constitucionales que se le atribuyen pues manifiesta que los actos que se le imputan no están tipificados como infracciones constitucionales”.

La jueza recuerda que el objetivo del juicio político es la sanción política ante un acto moral o políticamente reprensible de tal grado que llegue a lesionar la respetabilidad de la función que el alto representante estatal desempeña o ha desempeñado y lo que busca es retirarle el poder a quien está usando mal uso de él.

Además, se indica que una intervención del control judicial es prematura respecto al procedimiento iniciado de antejuicio político, “pues los actos que se denuncian como vulneratorios, deberán ser analizados en su conjunto cuando se emita la decisión final por el órgano parlamentario a fin de no entorpecer la investigación en el marco de la acusación constitucional”

¿Qué es la acción de amparo?

La acción o demanda de amparo es un proceso judicial que trata de proteger los derechos de los ciudadanos reconocidos en la Constitución, que no son abarcados por el Habeas Corpus (derecho a la libertad individual y derechos constitucionales conexos) y el habeas data (derecho a la información pública o a la autodeterminación informativa).

¿Qué opciones le quedan?

Jorge Jáuregui, especialista en procesos electorales, explica todo el proceso que tendría el expresidente para obtener la oportunidad de asumir funciones como congresista. Asimismo, resalta que es posible que lleve mucho tiempo para que se admita y declare procedente su acción de amparo.

“El pronunciamiento que se ha emitido es en primera instancia. Con la apelación (el caso) va a una Sala Constitucional y dependiendo como se resuelva (Vizcarra) podría interponer un recurso de agravio constitucional —una medida especial— y llegar al Tribunal Constitucional (TC)”, expresa.

El constitucionalista César Delgado-Guembes asevera que es prácticamente imposible que Vizcarra pueda interponer una medida cautelar, ya que para ello deben admitir su acción de amparo. Añade que hasta que no se resuelva no va a poder asumir su rol como congresista.

Declarado improcedente su acción de amparo, tampoco puede pedir una medida cautelar. Sin embargo, cabe en la posibilidad que en una segunda instancia admitan su recurso. Mientras esto no ocurra y hasta que decida la Sala Constitucional no puede jurar al cargo, por lo tanto (Somos Perú) tendría que solicitar que el accesitario sea quien juramente”, declara.

Delgado-Guembes también señala que Vizcarra no puede pedirle al nuevo Congreso que revoque su inhabilitación; no obstante, la bancada de Somos Perú sí puede pedir que se modifique la sanción, pero debería tener argumentos sólidos y sería un acto sin precedentes.

En el caso de que la justicia de nuestro país declare improcedente sus recursos, Jáuregui manifiesta que puede ir a instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El especialista recuerda que este órgano se pronunció tras la vacancia y solicitó la plena vigencia del Estado de Derecho y el respeto a los derechos humanos.

“Agotada toda la instancia nacional, quedaría la internacional. Lo que tendría que hacer Vizcarra es ir a la CIDH y decir que en su país se ha vulnerado su derecho, ‘pongo mi caso ante ustedes, verifíquenlo’. Si la CIDH (en Washington, Estados Unidos) dice que corresponde, lo remite a la Corte IDH (en San José, Costa Rica) y esta inicia un proceso para determinar si es que el Estado a través del Congreso ha vulnerado su derecho. Esta sería la última instancia”, explica.

Delgado-Guembes asevera que otro órgano que puede asistir el expresidente es el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, pero este no tiene una capacidad decisoria como la CIDH.

“El comité no tiene un órgano con capacidad decisoria como lo tiene la CIDH. Este comité es un órgano más político y no tiene una fuerza vinculante estas decisiones como sí lo tiene la Corte IDH”, comenta.

Las vías que le quedan a Martín Vizcarra para asumir funciones como congresista

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¿En qué consiste la inhabilitación?

El constitucionalista manifiesta que la inhabilitación del ex gobernador regional de Moquegua, implica que no pueda trabajar para el Estado, al no volver a dirigir una región, ser alcalde, enseñar en una universidad pública, entre otros.

“Se trata de una inhabilitación para el ejercicio de cualquier función pública. Eso supone que también afecta competencias como ser elegido como gobernador regional, miembro del Consejo Regional, alcalde, regidor. También tiene alcances respecto a otros tipos de funciones públicas como la de trabajar en el Estado. Por ejemplo, no puede ser profesor en una universidad estatal, consultor, asesor, trabajador o funcionario de ninguna entidad pública”, apunta.

Además, asegura que se perdería las elecciones presidenciales, regionales, congresales y municipales mientras esté inhabilitado. Solo podrá postular nuevamente a partir de abril de 2031.

“Son 10 años a partir de la sanción que fue en abril, o sea no podría ejercer ningún cargo público hasta abril de 2031. No podrá postular en todas las elecciones que se lleven a cabo durante ese periodo”, indica.

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SOBRE EL AUTOR:

Licenciado en Ciencias de la Comunicación de la Universidad de San Martín de Porres. Desde el 2018 en La República, antes en Latina y TV Perú.