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Elecciones

JNE revoca tacha contra candidatura de Daniel Urresti a la presidencia

Entidad electoral declaró fundada la apelación contra la decisión del JEE de Lima Centro 1 de excluir al candidato de Podemos Perú de los comicios el 11 de abril.

Sigue en carrera. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decidió revocar la tacha contra la candidatura de Daniel Urresti de Podemos Perú con miras a las Elecciones Generales 2021.

En efecto, el organismo electoral admitió el recurso de apelación presentado por el personero legal del partido, José Mercedes Amaya Dedios, en contra de la resolución n°. 00453-2021-JEE-LIC1/JNE, donde el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró improcedentes las candidaturas de María Teresa Cabrera Vega y Wilbert Mariano Portugal Menéndez, aspirantes a la primera y segunda vicepresidencia, respectivamente.

Esta postura de excluir a Daniel Urresti se dio luego de admitir la tacha interpuesta por Andrés Iván Villar Vélez, quien presentó el recurso al cuestionar la democracia interna de Podemos Perú, la cual afectaría a la plancha presidencial de Podemos Perú.

No obstante, el Pleno del JNE resolvió, por medio de la resolución n.° 0235-2021-JNE, declarar fundado el recurso de apelación presentado por José Amaya, y en consecuencia revocar la tacha interpuesta contra los candidatos de la fórmula presidencia de Daniel Urresti, permitiendo su postulación a los próximos comicios del 11 de abril.

Asimismo, se determinó que a pesar de que Podemos Perú transgredió la autonomía de su Tribunal Electoral Nacional (TEN), se concluyó que no hubo una injerencia en sus comicios internos como aseguraba la tacha contra Urresti Elera, motivo por el que fue revocada.

“Además, no existe medio de prueba que acredite que algún miembro del Comité Electoral Nacional (CEN) ejerció alguna de las facultades u obligaciones previstas de manera indelegable para los miembros del TEN”, se lee en la resolución.

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De igual manera, el JNE afirma que tampoco hay algún documento que acredito “algún tipo de injerencia, disposición o mandato por parte de algún miembro del CEN al TEN, que limite o impida el desempeño de aquellas facultades y obligaciones”.

Finalmente, la institución precisa que la tacha debió ser en contra de la fórmula presidencial de Podemos Perú y no directamente a Daniel Urresti, ya que no se interfiere que el candidato se encuentre prohíbo de postular al no encontrar algún impedimento previsto en la Ley Orgánica de Elecciones para su postulación.

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