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Elecciones

PPC se queda sin candidatos al Congreso por Lima este 2021

JNE rechazó la apelación presentada por el personero legal del partido en favor de Ericka Tardillo León de Escobar, última aspirante al Parlamento de la agrupación política.

Alberto Beingolea postula a la presidencia por el PPC en las elecciones del 11 de abril. Foto: La República
Alberto Beingolea postula a la presidencia por el PPC en las elecciones del 11 de abril. Foto: La República

El Partido Popular Cristiano (PPC) se quedó sin candidaturas al Congreso de la República por Lima de cara a las Elecciones Generales 2021.

Esto, luego de que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazara la apelación presentada el personero legal del partido, Willyans José Soriano Cabrera, en favor de Ericka Ruth Tardillo León de Escobar, candidata con el número 34 al Parlamento por Lima.

En efecto, de acuerdo a la resolución n.° 0204 -2021-JNE, el organismo electoral declaró infundado el recurso de apelación que buscaba revocar la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 que resolvió la exclusión de Erika Tardillo, postulante del PPC en los comicios del 11 de abril.

Entre los motivos, el JNE advirtió que se excluyó a la candidata porque en los Rubros II y VIII se encontraron inconsistencias en la información declarada, pues en el primero aseguró ser gerente; sin embargo, en el segundo, no indició los ingresos percibidos por su experiencia laboral.

Asimismo, no se tomó en cuenta el argumento que “no tuvo la intención de ocultar información” planteado tanto en la subsanación como en la apelación, pues se descubrió que sus ingresos para el 2019 ascendieron a S/ 22.890 provenientes de su centro laboral en la Municipalidad de San Mateo.

“Es necesario precisar que este órgano electoral no avala argumentos de error o desconocimiento en la información que debe consignarse en las Declaraciones Jurada de Hojas de Vida, pues los candidatos deben actuar con responsabilidad, debida diligencia, transparencia y buena fe, debiendo observar cabalmente las obligaciones establecidas por las normas electorales”, se lee en la resolución.

Del mismo modo, el JNE aclara que “el derecho a ser elegido no es un derecho absoluto”, por lo que se ve obligado a aplicar la exclusión tras la omisión de información de bienes y rentas, de acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas.

JNE

JNE

Cabe mencionar que en enero, el JNE también declaró infundado el recurso de apelación que interpuso el PPC contra la resolución que resolvió que sea improcedente la inscripción de 33 candidatos al Palacio Legislativo.

De acuerdo a la resolución del JEE de Lima Centro 2, estas candidaturas fueron declaradas improcedentes por una serie de observaciones. “El comprobante de pago no se ha efectuado a través del Banco de la Nación. No se han presentado los anexos 7 y 8 de los candidatos desde el N° 1 al N° 33″, señaló el documento.

Por otra parte, Alberto Beingolea, candidato a la presidencia por la agrupación, informó que acudirán al Poder Judicial para presentar las acciones de amparo y cautelares pertinentes para proteger sus derechos a la participación política. Incluso, no descartó acudir a organismos internacionales.

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