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Elecciones

JNE desestima recurso para que accesitarios que fueron congresistas postulen a las elecciones 2021

El JNE respondió al pedido de reconsideración presentado por el excongresista Ángel Neyra y aclaró que accesitarios del Parlamento vigente y del disuelto no podrán participar en los próximos comicios.

Las próximas elecciones generales serán el 11 de abril del 2021. Foto: Andina
Las próximas elecciones generales serán el 11 de abril del 2021. Foto: Andina

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desatendió el recurso de reconsideración que presentó el exlegislador Ángel Neyra Olaychea para que se permita postular al Congreso de la República en las elecciones del 2021 a los accesitarios que ocupan un cargo en el Parlamento actual o que lo ocuparon en el que fue disuelto.

El colegiado electoral indicó que la Resolución N° 0352-2020-JNE, la cual aplica la prohibición de reelección inmediata que se estableció en el 90-A de la Constitución Política, es una norma que regula los próximos comicios electorales, que por su naturaleza no admite esta clase de recursos.

Por ello, al no constituir un acto administrativo o decisión jurisdiccional, el excongresista Neyra no forma parte de un proceso en el que se pueden interponer impugnaciones. El supremo tribunal electoral precisó que el exlegislador carece de legitimidad para obrar, por lo que se desestima el recurso interpuesto por el mismo al considerarlo improcedente.

De este modo, se aclara que no solo se encuentran imposibilitados para postular los congresistas que fueron electos en los comicios generales del 2016 y en las elecciones congresales del 2020, sino también los exparlamentarios desaforados y sus accesitarios.

El JNE aclaró que no habrá reelección de congresistas

El pasado 15 de octubre, el Pleno del JNE reiteró que los legisladores actuales, elegidos en enero de este 2020, y los del Congreso disuelto, del periodo 2016-2019, se encuentran impedidos de postular en los comicios generales de 2021.

El colegiado electoral, en su Resolución N° 0352-2020-JNE, señaló que su decisión se basa en la prohibición de reelección inmediata establecida en el artículo 90-A de la Constitución Política. Esta medida fue aprobada por la mayoría de peruanos en el referéndum de 2018.

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