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Economía

Bono Alimentario: solo hasta mañana miércoles 30 se podrá designar a un tercero para el cobro

La entrega del subsidio de S/ 270 es para los ciudadanos que, por diferentes motivos, no puedan hacer efectivo el cobro, siempre y cuando estén considerados en los padrones aprobados por el Midis.

Bono alimentario: Más de 730.000 beneficiarios ya cobraron el subsidio a nivel nacional
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El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) informó que las personas que presenten alguna discapacidad o deterioro de su capacidad funcional -propio de la etapa de vida adulta mayor o accidente- solo podrán designar a una tercera persona para el cobro del Bono Alimentario hasta este miércoles 30 de noviembre.

La entrega del referido subsidio de S/ 270 es para los ciudadanos que por diferentes motivos no puedan hacer efectivo el cobro, siempre y cuando estén considerados en los padrones aprobados por el Midis.

Para iniciar el proceso, los interesados deberán registrar la solicitud a través de la plataforma de consultas.bonoalimentario.gob.pe, ingresar los datos de su DNI, registrar un caso y elegir la opción “no puedo desplazarme a cobrar mi Bono Alimentario, deseo acreditar a una tercera persona para realizar el cobro”.

Seguidamente, se debe completar la verificación con los datos del beneficiario e ingresar el número y la fecha de emisión del DNI de la persona que será el tercero autorizado, quien debe residir en la misma provincia y departamento que el beneficiario.

Bono Alimentario: ¿cómo designar a un tercero?

Si el beneficiario sí puede expresar su voluntad, se deberá ingresar los datos de contacto del tercero autorizado, descargar, imprimir, llenar a mano y adjuntar en formato PDF la declaración jurada que arroja el sistema para la acreditación con la firma y huella del tercero autorizado.

Si el beneficiario no puede expresar su voluntad, se deberá ingresar los datos de contacto del tercero autorizado y manifestar la relación con el beneficiario, según corresponda, además se tendrá que adjuntar el certificado de discapacidad emitido por entidad de salud o médico particular o carnet físico o virtual de Conadis o declaración jurada de la situación de salud del beneficiario.

Para finalizar el proceso, el beneficiario podrá descargar el número de ticket de la atención. La respuesta se dará en la misma plataforma (consultas.bonoalimentario.gob.pe) luego de 10 días contados desde la fecha de cierre de solicitudes, aproximadamente desde el 10 de diciembre.

La solicitud de tercero autorizado también se puede realizar a través del personal de Pensión 65, distribuido en todo el país, en las Unidades Territoriales del programa, ingresando en el siguiente enlace: www.gob.pe/institucion/pension65/sedes.

El dato

- El Bono Alimentario está dirigido a 4 millones 251.464 ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con el Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares que administra el Midis.

- Midis invoca a las ciudadanas y ciudadanos acudir a los medios oficiales, como la línea gratuita 101 y la web bonoalimentario.gob.pe. Pide también no acudir a tramitadores, no compartir información personal, no divulgar códigos o claves de retiro y no consultar en otras páginas de dudosa procedencia.

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