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Economía

Multas a empresas por discriminación salarial pueden llegar hasta los S/ 241.638

De comprobarse que una empresa ha incurrido en casos de discriminación remunerativa basada en sexo, la Sunafil lo considera como una infracción “muy grave”.

Si se produjese un trato desigual sin justificación objetiva, razonable o proporcional, se incurrirá en un caso de discriminación, en este caso, por sexo, explica Sunafil. Foto: Sunafil
Si se produjese un trato desigual sin justificación objetiva, razonable o proporcional, se incurrirá en un caso de discriminación, en este caso, por sexo, explica Sunafil. Foto: Sunafil

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha lanzado la campaña nacional #YoTrabajoIgual, la cual tiene como objetivo promover una cultura de conciencia en materia de igualdad salarial entre varones y mujeres.

Esta iniciativa también cuenta con acciones de fiscalización que se realizan en todo el país a través de operativos, en aras de salvaguardar el trabajo decente y promover la equidad y competitividad.

En ese sentido, es importante precisar que no toda diferencia salarial implica una discriminación. Por ejemplo, los trabajadores que pertenecen a una misma categoría pueden recibir remuneraciones diferentes, siempre y cuando estén justificadas en criterios objetivos.

Respecto de esos aspectos, se tiene en cuenta la antigüedad, el desempeño, la escasez de oferta de mano de obra calificada para un puesto, el costo de vida, la experiencia laboral, el perfil académico, el desempeño, entre otros.

Si se produjese un trato desigual sin justificación objetiva, razonable o proporcional, se incurrirá en un caso de discriminación, en este caso, por sexo.

¿Pueden multar a mi empresa?

De comprobarse que una empresa ha incurrido en casos de discriminación remunerativa basada en sexo o que no cuenta con el cuadro de categorías y funciones o con una política salarial, las infracciones se considerarán como “muy graves”.

Para el cálculo se deberá tomar en cuenta el tipo de empresa. Del mismo modo, se considerará al total de trabajadores de la empresa como afectados. El cuadro es el siguiente:

  • Microempresa: el monto de la multa se establece desde los S/ 1.058 hasta los S/ 3.128.
  • Pequeña empresa: el monto de la multa se establece desde los S/ 3.542 a los S/ 35.190.
  • Empresa que no es mype: el monto de la multa se establece desde los S/ 12.098 a los S/ 241.638.

¿Qué deben hacer las empresas?

Los empleadores deben establecer sus políticas de remuneración o salarios sin incurrir en discriminación directa o indirecta por motivo de sexo.

También tienen que contar con un cuadro de categorías y funciones, el cual debe contener los puestos de trabajo incluidos en las categorías, las características de cada puesto y el orden o jerarquía. Todo ello con base en la valoración y necesidad de la actividad económica a la que se dedica la empresa.

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